Violador es sentenciado a 19 años de prisión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1029-DC-2026

Lago Agrio (Sucumbíos), 04 de septiembre de 2026.- “Yo no quería estar en este mundo porque nadie me iba a salvar”. Esa fue una de las expresiones que una niña de 10 años mencionó en el testimonio anticipado que rindió, como parte de las diligencias que Fiscalía dispuso para alcanzar justicia dentro de un caso que investigó por el delito de violación.
La pequeña fue víctima de agresiones sexuales a manos de su padrastro, Hernán Patricio M. Con base en las pruebas presentadas por la Fiscal del caso, un Tribunal lo sentenció a diecinueve años de privación de la libertad, como autor directo.
Quien denunció estos hechos fue la hermana mayor de la víctima. Ella abandonó el círculo familiar debido a que el acusado también intentó abusar de ella.
En la audiencia de juicio, Fiscalía sostuvo que tanto el testimonio anticipado de la niña como los relatos que expuso en las pericias médico-legal, valoración psicológica y de entorno social coincidieron en cómo Hernán Patricio M. la agredió sexualmente.
En todas las pericias, la pequeña aseguró que contó a su madre lo estaba ocurriendo, pero que ella no le creyó. Incluso, dijo, la amenazaba con golpearla si avisaba a alguien más.
En su testimonio, la perito psicóloga aseguró que la niña tiene un 40% de discapacidad intelectual, en un grado moderado, y que, para el tiempo de la valoración, se evidenció un cuadro de depresión infantil severa y otras afectaciones psicológicas derivadas de los hechos investigados.
La entrevista colateral que la perito le hizo a la denunciante reveló que el entorno familiar estaba marcado por episodios de violencia que provenía del acusado, principalmente cuando estaba en estado etílico.
Según Fiscalía, las agresiones sexuales ocurrían en las noches, cuando la víctima dormía junto a su hermano menor.
Las pruebas con las que Fiscalía llegó a la audiencia de juicio fueron irrefutables. A más de los diecinueve años de prisión, el Tribunal dispuso que el acusado pague una suma de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima. También tendrá que cancelar una multa de 600 salarios básicos unificados.
Información jurídica
El delito de violación por el que se sentenció esta causa está tipificado en el artículo 171, inciso primero, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





