Violador es sentenciado a 19 años de prisión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 033-DC-2026

Cuenca (Azuay), 13 de enero de 2026.- Widinson David J., de 24 años, fue sentenciado a diecinueve años de privación de libertad y al pago de 2.000 dólares por concepto de reparación integral a favor de la víctima, luego de haber sido hallado culpable del delito de violación.
Durante la audiencia de juicio, el Tribunal Penal que conoció la causa acogió la teoría del caso presentada por la representante de Fiscalía, sustentada principalmente en el testimonio anticipado de la víctima, una mujer de 57 años, quien fue violentada sexualmente en su domicilio, ubicado en el sector Bullzhun, cantón Gualaceo.
Los hechos ocurrieron la noche del 8 de junio de 2025, cuando el sentenciado ingresó al inmueble tras saltar el cerramiento. Luego se dirigió al dormitorio donde descansaba la víctima y, bajo amenazas de muerte, la obligó a abrir la puerta. Posteriormente, tras consumir sustancias sujetas a fiscalización, la intimidó con una tijera y cometió la agresión sexual.
Aproximadamente a las 04:30 del día siguiente, el agresor abandonó la vivienda y se llevó una colcha y un teléfono celular de propiedad de la víctima. Minutos después, la mujer acudió a la casa de un vecino para pedir ayuda y reportar el hecho al ECU 9-1-1.
Tras las diligencias investigativas, agentes de la Policía Nacional capturaron al ahora sentenciado en las orillas del río Santa Bárbara.
En el juicio, Fiscalía presentó testimonios periciales que corroboraron la agresión. La perita en biología confirmó la presencia de proteína P30 y espermatozoides en muestras obtenidas del cuerpo y de la ropa interior de la víctima. A su vez, el perito en genética forense determinó la existencia del perfil genético del sentenciado.
También rindieron testimonio los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de entorno social, así como los agentes policiales que participaron en la investigación.
Información jurídica
Widinson David J. fue sentenciado conforme al artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.





