Un adulto y un adolescente son procesados por el presunto secuestro de un taxista informal

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 328-DC-2026

Imagen de boletín: Un adulto y un adolescente son procesados por el presunto secuestro de un taxista informal

Guayaquil (Guayas), 17 de marzo de 2026.- Jurgen Yelsyn E. H. y un adolescente son procesadas por la Fiscalía General del Estado , tras haber sido aprehendidos en delito flagrante por el presunto secuestro de un taxista informal, hecho ocurrido en el sector Parques San Eduardo, al noroeste de Guayaquil.

Según el parte informativo y de aprehensión de la Policía Nacional, la alerta fue emitida por la Empresa Pública Municipal de Seguridad, Segura EP. La víctima habría recogido a tres personas, quienes presuntamente lo asaltaron con armas de fuego, lo agredieron verbal y físicamente, lo amarraron de pies y manos y le cubrieron los ojos, para luego trasladarlo con rumbo desconocido.

Ante la ausencia de noticias, el hijo de la víctima rastreó de forma satelital el teléfono celular y el vehículo. La señal permitió ubicar el dispositivo en las calles Cotacachi y avenida Segunda, en Parques San Eduardo. Personal policial se trasladó al lugar e ingresó a una vivienda, donde encontró a la víctima vendada y amarrada. En el sitio, dos personas que la custodiaban intentaron huir, pero fueron aprehendidas.

A los aprehendidos se les incautaron dos teléfonos celulares y un arma de fuego tipo pistola. El vehículo fue localizado horas después en la ciudad de Milagro e ingresado bajo cadena de custodia.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso presentó los elementos de convicción recabados en esta etapa preprocesal, entre ellos: la denuncia del familiar, la versión de la víctima, el parte policial, las versiones de los agentes aprehensores, el acta de entrega-recepción de evidencias y la valoración médica del agraviado.

El Juez de Garantías Penales de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Jurgen Yelsyn E. H. Asimismo, ordenó medidas de protección para la víctima, conforme al artículo 558 numerales 2, 3 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): prohibición de acercamiento a la víctima y sus familiares, prohibición de ejecutar actos de intimidación –directos o a través de terceros– y la emisión de boleta de auxilio para la víctima y su núcleo familiar.

En una audiencia independiente, el Magistrado de Adolescentes Infractores que conoció la causa dictó internamiento preventivo para el procesado de 16 años, también investigado por el delito de secuestro.

Fiscalía solicitará al Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses la práctica de pruebas de aptitud de disparo y el ingreso de los indicios balísticos al sistema IBIS, con el fin de determinar si el arma incautada habría sido utilizada en otros hechos delictivos.

La instrucción fiscal en estas causas tendrá una duración de treinta días.

Información jurídica

El delito de secuestro está tipificado en el artículo 161 del COIP y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años.