Sentenciado por el delito de tráfico ilícito de armas

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 543-DC-2024

Ambato (Tungurahua), 8 de mayo de 2024.- El Juez de Garantías Penales que conoció la causa aceptó la aplicación del procedimiento abreviado –al que se acogió el procesado, tras haber aceptado su responsabilidad en los hechos imputados– y declaró culpable a Cristian Mauricio F. B., como autor directo del delito de tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas, por lo que deberá cumplir una pena privativa de libertad de cuarenta y dos meses (tres años y seis meses).

En la audiencia de procedimiento abreviado, el Fiscal de la causa relató que los hechos flagrantes ocurrieron el 9 de enero del año en curso –en el contexto del estado de excepción–, luego de que se conociera que en el sector de “los Tres Juanes”, en Ambato, se almacenaban armas de fuego.

Fiscalía y agentes especiales de la Policía Nacional se trasladaron al inmueble, donde encontraron –en poder de Cristian Mauricio F. B.– una mochila que contenía una subametralladora con dos alimentadoras y sus respectivas municiones, cuya procedencia no pudo justificar, por lo que fue aprehendido.

Fiscalía presentó como pruebas: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, la sustanciación de los informes de balística del agente de Policía, el Decreto 110, emitido por la Presidencia de la República; la Resolución de ampliación del Decreto 111, versiones, entre otras.

Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas está tipificado en el artículo 362 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque se sanciona con una pena privativa de libertad de cinco a siete años, en este caso, la condena se redujo por la aplicación del procedimiento abreviado, tipificado en el artículo 635 del mismo cuerpo penal.

 

 

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