Sentenciado a 19 años por tráfico de drogas en alta escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 179-DC-2026

Quito (Pichincha), 12 de febrero de 2026.- La conducta del procesado se adecuó al delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en la modalidad de tenencia.
Esa fue la conclusión a la que llegó el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa al momento de fallar contra Edison Vinicio Ch., sentenciado a diecinueve años de privación de libertad.
Las pruebas practicadas por la Fiscalía General del Estado en la audiencia de juicio resultaron determinantes frente a la tesis de la defensa, que intentó sostener que el procesado era únicamente un consumidor.
La Fiscal del caso demostró que las once fundas con las que fue aprehendido Edison Vinicio Ch. contenían 156,4 gramos de pasta base de cocaína y que esa cantidad es excesiva para un consumo individual.
Entre las pruebas expuestas en el juicio constan la pericia que certificó el tipo de sustancia y su peso, así como el testimonio del agente de Policía que oficializó la aprehensión. El uniformado aseguró a los jueces que el procesado llevaba en su poder las once fundas y que tenía la intención de comercializar la droga.
Para dictar sentencia, el Tribunal también consideró la pericia de reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio del propio procesado, quien reconoció haber tenido en su poder la sustancia ilícita, aunque insistió en que era para su consumo.
Luego de haber valorado los argumentos de las partes procesales, los jueces resolvieron acoger la tesis de Fiscalía, al considerar que se demostró la existencia del delito y la participación del acusado.
Además de la pena privativa de libertad, el Tribunal impuso al sentenciado una multa de 600 salarios básicos unificados.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





