Sentenciado a 19 años de prisión por tráfico de drogas en alta escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 866-DC-2026

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 22 de julio de 2026.- Luego de haber analizado la carga probatoria presentada por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró la culpabilidad de Ronald Paúl A. C. como autor directo de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala y le impuso una pena de diecinueve años de prisión.
El hecho investigado ocurrió el 25 de julio de 2025, en un inmueble ubicado en la Cooperativa Mujer Trabajadora, en el cantón Santo Domingo.
Por información reservada, agentes policiales conocieron que, en este domicilio, un ciudadano presuntamente se dedicaba al expendio de sustancias sujetas a fiscalización.
Durante el allanamiento, los uniformados encontraron una bolsa con setenta fundas plásticas que contenían una sustancia vegetal color verdosa y otras con un polvo blanquecino. Entre los indicios levantados en el lugar constan, además, doce monedas, una balanza, tres hojas de papel A4.
La prueba de identificación preliminar homologada determinó que las sustancias incautadas correspondían a 60 gramos de marihuana y 87 gramos de pasta base de cocaína. Con base en estos elementos, Ronald Paúl A. C. fue aprehendido en circunstancia flagrante.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas durante la investigación e instrucción fiscal para sustentar su acusación y así demostrar la participación del ahora sentenciado en el delito atribuido.
Entre las pruebas más importantes constan el testimonio de los agentes aprehensores y del agente policial que elaboró el informe investigativo; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos; la prueba de identificación preliminar homologada; el acta de verificación y pesaje de las sustancias ilícitas; y la pericia química.
Además, Fiscalía incorporó el oficio emitido por la autoridad competente, que certifica que el ahora sentenciado no contaba con autorización para la tenencia de sustancias estupefacientes.
Información jurídica
El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c en alta escala, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad es de diecinueve a veintidós años.





