Sentenciada a 19 años de prisión por posesión de drogas

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1102-DC-2026

Imagen del boletín: Sentenciada a 19 años de prisión por posesión de drogas

Francisco de Orellana (Orellana), 24 de septiembre de 2026.- María Mileidi C. G. fue sentenciada a diecinueve años de privación de su libertad como autora del delito de tráfico de drogas en alta escala. Las pruebas presentadas por la Fiscalía de Orellana fueron determinantes para la resolución emitida por el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa.

Como multa, los jueces impusieron a la mujer el pago de 600 salarios básicos unificados para la administración de justicia. La sentencia, notificada por escrito, precisa los hechos sucedidos el 16 de noviembre de 2025.

Agentes de la Policía patrullaban un sector del cantón Francisco de Orellana identificado como zona de expendio de sustancias estupefacientes catalogadas sujetas a fiscalización.

Durante el recorrido, los uniformados observaron a dos mujeres que caminaban por el lugar. Al percatarse de la presencia policial, ambas apresuraron en paso, por lo que los agentes les solicitaron detenerse.

María Mileidi C. G., de 52 años, llevaba una funda plástica que contenía veinticinco fundas transparentes con 200 sobres de pasta base de cocaína, con una pureza del 32,99 %, según las pruebas químicas practicadas.

La mujer fue aprehendida en situación de flagrancia por posesión de drogas.

En el transcurso de la audiencia de juicio, Fiscalía presentó los testimonios de los agentes aprehensores, investigadores y del perito químico. Estas pruebas fueron consideradas por los jueces para establecer la responsabilidad de la procesada.

En su resolución, los jueces precisaron que este delito vulnera el bien jurídico constitucionalmente protegido de la salud pública. También determinaron que la sentenciada llevaba pasta base de cocaína distribuida en fundas y sobres, en condiciones destinadas a su comercialización.

Información jurídica

Este caso se procesó y sentenció con base en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en alta escala, con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.