Se ratifica sentencia condenatoria de 7 años por extorsión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1087-DC-2026

Quito (Pichincha), 21 de septiembre de 2026.- Con base en la argumentación presentada por Fiscalía, en audiencia de apelación, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificó en todas sus partes la sentencia condenatoria contra Alfredo Santiago C. S.
Deberá cumplir siete años de pena privativa de libertad como autor directo del delito de extorsión.
De acuerdo con la teoría del caso expuesta por Fiscalía ante los jueces de segunda instancia, en abril de 2024, la víctima recibió mensajes extorsivos en los que se le exigía el pago de 10.000 dólares.
Las amenazas de muerte estaban dirigidas contra él y sus familiares. Los mensajes contenían información personal de la víctima y de su entorno familiar. Incluso, los extorsionadores lanzaron un artefacto explosivo contra su vivienda, que también afectó un vehículo.
Ante esta situación, la víctima alertó a las autoridades y, el 5 de mayo de 2024, se ejecutó una entrega controlada de dinero, coordinada en ese entonces con agentes de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase). Durante el procedimiento fue aprehendido Alfredo Santiago C. S., sobrino de la víctima.
Fiscalía presentó el testimonio del perito que practicó el análisis de identidad humana sobre grabaciones obtenidas de teléfonos celulares. El resultado fue positivo respecto del procesado.
También incorporó un informe pericial que determinó la existencia de comunicaciones mediante las cuales el sentenciado solicitó dinero a la víctima.
Con base en estas pruebas, expuestas ante los jueces de la Sala Penal, Fiscalía sostuvo que la conducta de Alfredo Santiago C. S. se adecuaba al delito de extorsión.
Además de la pena privativa de libertad, la Sala Penal ratificó la multa equivalente a cuarenta salarios básicos unificados y las medidas de reparación integral a favor de la víctima, impuestas en primera instancia. Entre ellas constan una indemnización de 1.000 dólares y atención psicológica por parte del Ministerio de Salud Pública.
La sentencia también establece que, una vez que quede en firme, se ejecute la localización y captura del sentenciado para el cumplimiento de la pena impuesta.
Información jurídica
El delito de extorsión está tipificado en el artículo 185 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





