Sala Penal ratifica sentencia condenatoria contra adolescente, como autor de violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1091-DC-2026

Guamote (Chimborazo), 21 de septiembre de 2026.- La medida socioeducativa de cuatro años de internamiento institucional, impuesta en sentencia condenatoria a un joven de 17 años (a la fecha de cometido el delito), fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo.

El adolescente fue hallado culpable, en calidad de autor directo, del delito de violación, perpetrado contra una adolescente de 14 años, el 18 de octubre de 2023, en la parroquia Cebadas, cantón Guamote.

Según el testimonio anticipado de la víctima, ese día, alrededor de las 14:00, después de salir de la unidad educativa donde estudiaba, caminaba junto a dos amigas por la Plaza Central, mientras esperaba el bus que la llevaría a su domicilio.

Luego de despedirse de sus amigas y quedarse sola, apareció el agresor, con quien mantenía una relación de amistad previa. El joven llevaba dos helados y le ofreció uno. Segundos después, la adolescente perdió el conocimiento y fue trasladada hasta un terreno baldío, donde se perpetró el delito.

Tras recobrar la conciencia, la víctima se sintió mareada y con un fuerte dolor de cabeza y en sus partes íntimas. Por ello, tomó un bus hacia Riobamba y se dirigió a la casa de sus hermanos. Luego de contarles lo sucedido, ellos la trasladaron al Hospital General de Riobamba. Posteriormente, sus familiares presentaron la respectiva denuncia.

La Fiscal Multicompetente de Guamote expuso nuevamente ante la Sala Penal las pruebas que demostraron la responsabilidad del procesado y que fueron consideradas por el Juez de primera instancia para emitir su resolución, anunciada al finalizar la audiencia de juicio, en junio de 2025.

Entre estas constan el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la valoración psicológica —que recogió un relato coherente y consistente de la víctima— y el informe de trabajo social, que confirmó la afectación emocional ocasionada por el delito.

También se presentó el informe médico-legal, cuyos resultados evidenciaron lesiones compatibles con una afectación reciente.

Como parte de la medida socioeducativa, los magistrados también ratificaron que el adolescente deberá asistir a programas de educación sexual.

Además, se mantuvieron las medidas de apoyo para la víctima y su familia, que incluyen terapias psicológicas especializadas a través de la red pública de salud.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En aplicación de los principios de flexibilidad, proporcionalidad y favorabilidad, el Juez impuso cuatro años de internamiento institucional, de conformidad con el artículo 379, numeral 4, del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA), en concordancia con el artículo 385, numeral 3, del mismo cuerpo legal.