Procesado por presunta violencia física contra su exconviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 897-DC-2026

Imagen de boletín: Procesado por presunta violencia física contra su exconviviente

Guamote (Chimborazo), 31 de julio de 2026.- Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, el Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Guamote dictó prisión preventiva para Marco Edison N. C., procesado por su presunta participación en el delito de violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cometido en perjuicio de su exconviviente el 4 de marzo de 2025.

Durante la audiencia de formulación de cargos, Fiscalía expuso que la investigación se inició tras la recepción de un parte policial, en el que se informó que, aproximadamente a las 03:00, una alerta al ECU 9-1-1 reportó que un hombre y una mujer se encontraban tendidos sobre la acera, en las calles Abelardo Montalvo y Juan Dávalos, en Guamote, con evidentes signos de agresión física.

Según el testimonio anticipado de la víctima, ella se encontraba junto a un amigo en el interior de un vehículo cuando Marco Edison N. C. presuntamente la sacó por la fuerza y la golpeó con un fierro en la cabeza. Su acompañante intentó defenderla y también resultó herido.

La víctima señaló, además, que este no habría sido un hecho aislado. Indicó que, mientras residían en Guayaquil, era agredida física y verbalmente de manera reiterada por su expareja, quien también la habría amenazado de muerte si denunciaba los hechos.

Por esta situación, la mujer contaba con dos medidas de protección emitidas por las Unidades Judiciales Especializadas en Violencia contra la Mujer y la Familia de Guamote y Guayaquil, incluidas dos boletas de auxilio que prohibían al agresor acercarse a ella o proferir insultos en su contra. Dichas medidas habían sido notificadas oportunamente al ahora procesado.

Marco Edison N. C. fue aprehendido en junio de 2026, en flagrancia, luego de que presuntamente ingresara al negocio de la víctima, en Guayaquil, y la agrediera nuevamente de forma física y verbal.

Los elementos de convicción presentados por la titular de Fiscalía Multicompetente de Guamote incluyen la denuncia de la víctima, la versión del agente aprehensor, las boletas de auxilio y el examen médico-legal practicado a la mujer, que determinó una incapacidad física para el trabajo de entre treinta y uno y noventa días. La pericia evidenció una fractura lineal parietal derecha y una fractura parietal izquierda con hundimiento.

La instrucción fiscal en esta causa tiene un plazo de noventa días.

Información jurídica

El artículo 156 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que la persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause lesiones será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones, aumentadas en un tercio.