Prisión preventiva por presunto tráfico de drogas
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 031-DC-2026

Riobamba (Chimborazo), 13 de enero de 2026.- El Juez de Garantías Penales que conoció la causa acogió el pedido de la Fiscalía General del Estado y dictó prisión preventiva para Joseph Sebastián M. S., a quien se formularon cargos por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en mediana escala.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, llevada a cabo el 8 de enero del año en curso, el Fiscal del caso sustentó el inicio del proceso penal con elementos de convicción, entre los que constan la autorización judicial para el seguimiento y vigilancia; el informe policial investigativo; el informe de verificación, pesaje y análisis químico de las sustancias incautadas; así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias.
Con base en información reservada y en técnicas especiales de investigación, se identificó a una persona que presuntamente almacenaba sustancias estupefacientes en un inmueble ubicado en las calles Jacinto de Evia y Feliciano Checa, en el norte de Riobamba. Con esos datos, la mañana del 7 de enero se ejecutó un operativo de allanamiento en la vivienda señalada.
Durante la inspección, funcionarios de Fiscalía y de la Policía Nacional hallaron, en el dormitorio del inmueble, una funda que contenía 27.70 gramos de cocaína y varios frascos con 13.40 gramos de marihuana, además de un teléfono celular, dinero en efectivo y otros indicios. Por ello, el sospechoso fue aprehendido en delito flagrante.
Luego de haber analizado lo expuesto en la audiencia, el Juez acogió el pedido de medidas cautelares y ordenó el inicio de la instrucción fiscal, que tendrá una duración de treinta días, al tratarse de un delito flagrante.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b (mediana escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona esta conducta con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.





