Prisión preventiva para 2 procesados por presunto tráfico de drogas en alta escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1207-DC-2026

Quito (Pichincha), 19 de octubre de 2026.- Jhoselyn Andrea S. H. y Emerson Stendal C. C. son procesados por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala, luego de que Fiscalía formulara cargos en su contra.
Ambos fueron aprehendidos el 15 de octubre de 2026 en el sector de Quitumbe, en el sur de Quito. El Juez de la Unidad Judicial Penal con competencia en infracciones flagrantes que conoció la causa acogió el pedido fundamentado de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los dos procesados.
La causa se tramitará mediante procedimiento ordinario y la instrucción fiscal tendrá una duración de treinta días.
Los hechos
Agentes policiales recibieron información reservada sobre dos personas que presuntamente se movilizaban en una motocicleta y estarían dedicadas al transporte y expendio de sustancias sujetas a fiscalización en la zona.
Con base en esta información, los agentes registraron a los dos ocupantes de una motocicleta cuyas características coincidían con las descritas en la alerta.
Durante el procedimiento, encontraron dos fundas transparentes con cierre hermético que contenían una sustancia vegetal verdosa, ubicada entre la espalda de Emerson Stendal C. C. y el cuerpo de Jhoselyn Andrea S. H. Con base en estos indicios, ambos fueron aprehendidos en situación de flagrancia.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno presentó como elementos de convicción las versiones de los agentes aprehensores; el informe pericial de reconocimiento de evidencias; el acta de pesaje y la prueba preliminar de campo practicada a la sustancia aprehendida, que determinó un peso neto de 988,18 gramos de marihuana; y la pericia de identificación y marca serial de la motocicleta presuntamente involucrada en el hecho.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), correspondiente a la alta escala, y se sanciona con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.





