Padrastro sentenciado a 29 años de prisión por violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 584-DC-2026

Loja (Loja), 12 de mayo de 2026.- Sobre la base de las pruebas expuestas en la audiencia de juicio, la Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Oswaldo S., quien fue declarado culpable del delito de violación.

Además, se ordenó el pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados y una reparación integral de 10.000 dólares a favor de la víctima.

El hecho investigado y probado en la audiencia de juicio ocurrió el 11 de mayo de 2025, en el barrio Menfis, de la ciudad de Loja. La víctima, de 18 años al momento de los hechos, se encontraba en el interior de un inmueble, mientras en el exterior se desarrollaba una fiesta.

En la madrugada, el padrastro de la víctima ingresó a la vivienda y cometió el delito. El hecho fue alertado inmediatamente por la joven y, luego de dar aviso a la Policía Nacional, el agresor fue aprehendido en flagrancia.

Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso expuso las pruebas obtenidas durante la investigación, entre ellas el testimonio anticipado de la víctima, en el que describió el hecho e identificó al agresor. Esto fue corroborado con los testimonios de la tía y la abuela de la joven, quienes coincidieron en que escucharon los gritos de la agredida y acudieron en su ayuda.

También se presentaron los resultados de las pericias médico-legales y psicológicas, que determinaron afectaciones producto del hecho. Además, se incluyó una pericia de entorno social, en la que se estableció que la víctima se encontraba en situación de vulnerabilidad al momento de la agresión.

Asimismo, se dieron a conocer los resultados de la pericia de ADN, que confirmó la presencia de material genético del agresor, así como un examen toxicológico practicado a la víctima y los testimonios de los agentes aprehensores.

Información jurídica

El Tribunal dictó sentencia con base en lo dispuesto en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con las agravantes previstas en los numerales 5 y 9 del artículo 48 del mismo cuerpo legal.