Madre y padrastro a prisión preventiva por desaparición involuntaria
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 481-DC-2026

Montúfar (Carchi), 17 de abril de 2026.- Con base en los elementos presentados por Fiscalía, el Juez de la Unidad Judicial Penal con sede en San Gabriel, que conoció la causa, dictó prisión preventiva contra Ana Lucía N. M. y Jordan Alexander A. P., por su presunta participación en el delito de desaparición involuntaria con resultado de muerte.
Ambos fueron aprehendidos en flagrancia, en el marco de las investigaciones por la desaparición de una niña de un año y medio, hija de la procesada, quien habría denunciado su desaparición.
Según la versión inicial de Ana Lucía N. M., desde hace siete días habría entregado a su hija al padre biológico y este no se la habría devuelto. Sin embargo, durante el curso de las investigaciones, tanto ella como su pareja –padrastro de la niña– ofrecieron versiones contradictorias.
El padrastro manifestó que el 8 de abril contactaron al padre biológico para indicarle que podía visitar a la pequeña. No obstante, al intentar ubicarlo, su familia indicó que la niña no se encontraba con ellos.
Posteriormente, la madre de la infante manifestó que, el 9 de abril de 2026, habría causado la muerte de su hija al sumergirla en un tanque de agua, en su domicilio ubicado en la E35 Panamericana Norte, en la ciudad de San Gabriel. Tras el hecho, habría salido con el cuerpo sin vida en un bus interprovincial hacia la provincia de Imbabura, cantón Antonio Ante, parroquia Atuntaqui, donde lo abandonó entre matorrales, cerca de un puente.
La Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (DINASED) se trasladó junto a la procesada para ubicar el sitio señalado. En el lugar, las autoridades encontraron el cuerpo en estado de descomposición, cubierto con varias cobijas.
La madre y el padrastro fueron aprehendidos en flagrancia y puestos a órdenes de las autoridades competentes.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, Fiscalía presentó varios elementos de convicción, entre ellos: la denuncia de desaparición interpuesta por la madre, las versiones de los ahora procesados, el informe de inspección ocular técnica del domicilio donde habría ocurrido el hecho, la versión de los agentes aprehensores, el informe de indicios y el acta de levantamiento del cadáver.
La instrucción fiscal tendrá una duración de treinta días.
Información jurídica
El delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años. No obstante, cuando la desaparición deriva en la muerte de la víctima, la pena se incrementa de veintidós a veintiséis años.





