Llamados a juicio por presunta tenencia de municiones de uso policial y militar

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1220-DC-2025

Imagen de boletín: Llamados a juicio por presunta tenencia de municiones de uso policial y militar

Riobamba (Chimborazo), 19 de noviembre de 2025.- Luego de que Fiscalía presentara su dictamen acusatorio, la Jueza de Garantías Penales que conoció la causa acogió el pedido institucional y dictó auto de llamamiento a juicio contra Juan Estiven H. N. y Julián Alfredo O. C., como presuntos autores directos del delito de tenencia de municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

En la audiencia, el Fiscal del caso indicó que ambos fueron aprehendidos la madrugada del 18 de septiembre de 2025, en un domicilio ubicado en la avenida Lizarzaburu, en Riobamba, luego de un operativo ejecutado en coordinación con la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, a partir de información reservada recibida mediante llamadas anónimas.

En el inmueble se encontraron ocho municiones calibre 5.56 sin percutir, de uso policial y militar; seis teléfonos celulares; cuatro motocicletas; dinero en efectivo y otros indicios.

Durante el allanamiento también se hallaron cuadernos con información sobre préstamos otorgados y valores a recaudar, por lo que Fiscalía inició una investigación previa por el presunto delito de usura.

Los procesados fueron puestos a órdenes de las autoridades judiciales, mientras que las municiones y demás evidencias fueron ingresadas en la cadena de custodia de la Policía Judicial de la jurisdicción.

Además de la acusación fundamentada, la Fiscal especializada en delincuencia organizada transnacional e internacional presentó el anuncio de las pruebas que serán fundamentadas durante la audiencia de juicio.

Entre las principales destacan: el parte informativo y de aprehensión; las versiones de los agentes que intervinieron en el allanamiento, y el registro de evidencias encontradas en el inmueble.

Al finalizar la diligencia, la Magistrada ratificó la prisión preventiva contra los procesados. También ordenó la prohibición de enajenar bienes y el congelamiento e inmovilización de las cuentas que mantienen en el Sistema Financiero Nacional.

Información jurídica

El artículo 360.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años el delito de tenencia y porte no autorizado de armas, municiones o componentes de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.