Juez sustituyó arresto domiciliario de procesado que conducía en estado de embriaguez

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 577-DC-2023

Imagen de boletín: Juez sustituyó arresto domiciliario de procesado que conducía en estado de embriaguez

Mejía (Pichincha), 15 de junio de 2023.- El juez Henry Leiva, de la Unidad Multicompetente Penal del cantón Mejía, sustituyó el arresto domiciliario que se impuso a Wilson Israel R. P., procesado por el delito de muerte causada por conductor en estado de embriaguez, el pasado 5 de mayo.

En el desarrollo de la audiencia de revisión de medida cautelar, a pesar de la argumentación que hiciera el fiscal del caso para mantener la medida, el juzgador ordenó presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.

Fiscalía alegó que en este caso, cuya instrucción se cerró el 5 de junio, no existen elementos nuevos para desvanecer los hechos: se causó la muerte de dos personas porque el procesado manejaba en estado etílico, por lo tanto “no existe justificación para el cambio de medida”, aclaró el fiscal.

Además, el delito por el que está procesado el ciudadano al que se le levantó el arresto domiciliario –impuesto en la formulación de cargos, aún cuando Fiscalía solicitó la prisión preventiva-, está sancionado con privación de la libertad de diez a doce años y con revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos, según el artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Sin embargo, el Juez justificó su decisión en el artículo 519 del COIP, que define la finalidad de las medidas cautelares y afirmó que se cumple con tres de las cuatro que allí precisa.

El hecho que investiga la Fiscalía Multicompetente del Cantón Mejía data del 4 de mayo de 2023, cuando el vehículo que conducía el procesado atropelló a una moto, provocando la muerte de sus dos ocupantes, de 18 y 26 años de edad. Sucedió a la altura de las rieles de Tambillo.

El informe de causa basal indica que el motivo del accidente fue por conducir en estado etílico, lo que fue corroborado por la prueba de alcoholemia practicada al procesado, misma que dio como resultado 1,91 gramos de alcohol por litro de sangre (g/l), cuando el límite legal permitido es de menos de 0,30 g/l.

Fiscalía está a la espera de la notificación del día y la hora para la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen.

 

 

 

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