Fiscalía obtiene sentencia condenatoria por tráfico de drogas
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 367-DC-2026

Francisco de Orellana (Orellana), 26 de marzo de 2026.- Por el delito de tráfico de drogas en alta escala, Fernando Jesús G. Z., de 25 años, fue sentenciado a diecinueve años de privación de libertad como autor directo.
Fiscalía expuso ante el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa que, el 1 de marzo de 2025, con base en información reservada, agentes antinarcóticos de la provincia de Orellana conocieron que Fernando Jesús G. Z., alias “El Seco”, ocultaba droga destinada al microtráfico en el medidor de luz de su domicilio.
Los uniformados acudieron al lugar señalado, donde observaron a un hombre con las características descritas por el denunciante anónimo, sentado en una banca junto a una mujer. Al registrarlo, encontraron en su canguro once sobres con pasta base de cocaína.
Al revisar a la mujer, se halló un sobre con droga. Ella indicó que la sustancia era para su consumo y que la había comprado a Fernando Jesús G. Z.
Posteriormente, los agentes inspeccionaron el medidor de luz eléctrica y encontraron diez sobres con la misma sustancia. Además, al registrar el domicilio, hallaron más fundas de pasta base de cocaína junto a la cédula de ciudadanía del ahora sentenciado. En total, se incautaron 405 gramos de pasta base de cocaína.
El relato de Fiscalía se sustentó en los testimonios de ocho testigos-peritos, entre ellos, policías aprehensores, peritos químicos y la experta que elaboró la pericia de entorno social de Fernando Jesús G. Z.
El procesado indicó a la perita que se dedicaba a la venta de droga desde enero de 2025, tras dejar un trabajo de albañilería, y que consume esta sustancia desde los 10 años, desarrollando adicción a los 14. Señaló que pasó por dos clínicas de rehabilitación sin lograr recuperarse.
Sin embargo, durante la audiencia de juzgamiento, el procesado manifestó en su testimonio sin juramento que la sustancia encontrada en su canguro era para consumo personal y que, al momento de su aprehensión, no tenía domicilio, pues vivía en situación de calle.
Información jurídica
El caso se procesó con base en el artículo 220, inciso primero, literal c), del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Según la resolución del CONSEP de septiembre de 2015, se considera alta escala de pasta base de cocaína entre 50 y 2.000 gramos.





