Fiscalía obtiene sentencia agravada por robo en Riobamba

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1183-DC-2026

Imagen del boletín: Fiscalía obtiene sentencia agravada por robo en Riobamba

Riobamba (Chimborazo), 13 de octubre de 2026.- Neilwill Cristopher B. M., Ángel Luis M. S., Ángel José C. P. y Frank Reinaldo R. R. fueron sentenciados a nueve años y cuatro meses de prisión como autores directos del delito de robo.

La decisión fue adoptada por el Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo, luego de haber valorado las pruebas testimoniales, periciales y documentales presentadas por Fiscalía durante la audiencia de juzgamiento.

La Fiscal del caso indicó que la Policía Nacional recibió información reservada sobre un grupo de personas que presuntamente se dedicaba al expendio y almacenamiento de drogas, así como al robo, en un inmueble abandonado del sector Los Laureles, en Riobamba.

Con estos antecedentes, el 23 de septiembre de 2025 se ejecutó un operativo en el que, tras la inspección de la vivienda, se encontró a un ciudadano maniatado y con el rostro cubierto. El hombre declaró que había sido retenido luego de recibir una llamada para entregar gas doméstico.

Según su testimonio, fue amenazado con un arma de fuego y le sustrajeron su camión, que transportaba cincuenta bombonas. En el lugar fueron aprehendidos Neilwill Cristopher B. M., Ángel Luis M. S., y Frank Reinaldo R. R.

Horas después, como resultado de las labores investigativas, el vehículo fue recuperado en la avenida Edelberto Bonilla, donde fue aprehendido Ángel José C. P. mientras conducía el automotor.

Como parte de las pruebas, se incorporaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el parte policial, versiones y el acta de evidencias.

Además, se incorporó el testimonio de la víctima, quien identificó a los cuatro implicados como los responsables del robo.

Con estos elementos probatorios, Fiscalía demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal de los ahora sentenciados.

Información jurídica

Este caso se judicializó por el delito de robo, tipificado en el artículo 189, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Para determinar la pena también se tomó en cuenta la circunstancia agravante prevista en el numeral 5 del artículo 47 del mismo cuerpo legal: cometer la infracción con la participación de dos o más personas.