Fiscalía obtiene ratificación de sentencia condenatoria por robo agravado a un restaurante

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1014-DC-2026

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Riobamba (Chimborazo), 01 de septiembre de 2026.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo rechazó el recurso de apelación interpuesto por Julio Andrés C. Z y Sandra Elizabeth C. C. y ratificó la sentencia condenatoria de nueve años y cuatro meses de privación de libertad, como autores del delito de robo agravado.

Ante los Jueces de segunda instancia que conocieron la apelación, la Fiscal de la Unidad de Patrimonio Ciudadano No. 2 citó nuevamente las pruebas que demostraron la responsabilidad de los procesados, sobre la base de las cuales el Tribunal de primera instancia basó su resolución, anunciada al finalizar la audiencia de juicio, en septiembre de 2024.

Julio Andrés C. Z y Sandra Elizabeth C. C. fueron aprehendidos en un allanamiento ejecutado en Riobamba, la tarde del 28 de septiembre de 2023, luego de un asalto al interior de un restaurante ubicado en el norte de la ciudad. En el hecho participaron también otras siete personas que se sometieron a un procedimiento abreviado y ya cuentan con una sentencia de cinco años y seis meses de prisión.

Los nueve asaltantes ingresaron al local comercial. Cuatro de ellos se sentaron en una mesa de la planta baja, mientras que los otros cinco subieron al segundo piso. Minutos más tarde, con armas de fuego, amedrentaron a los clientes y a los empleados del lugar y les exigieron la entrega de sus pertenencias y dinero en efectivo.

Tras haber cometido el ilícito, los procesados huyeron en una camioneta que los esperaba afuera del restaurante.

Gracias a información reservada, agentes investigadores de la Policía conocieron que los asaltantes se encontraban escondidos en el interior de un inmueble ubicado en la avenida Luis Cordobés y Carabobo, de Riobamba. Todos los implicados fueron hallados por las autoridades.

Durante la inspección encontraron las pertenencias de las víctimas —teléfonos celulares, joyas, documentos de identidad, prendas de vestir —, dinero en efectivo y cinco armas de fuego con sus respectivos cartuchos.

Con base en lo expuesto, los jueces de la Sala Penal resolvieron desechar el recurso de apelación y ratificaron la sentencia en todas sus partes. Además de cumplir la condena, Julio Andrés C. Z y Sandra Elizabeth C. C. deberán pagar una multa de veinte salarios básicos unificados.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 189, inciso segundo, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de robo con pena privativa de libertad de siete a nueve años. También se consideró la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, relacionada con la participación de dos o más personas.