Fiscalía obtiene ratificación de sentencia condenatoria por extorsión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 191-DC-2026

Mejía (Pichincha), 13 de febrero de 2026.- Con base en los argumentos presentados por el Fiscal del caso, se ratificó la sentencia condenatoria de Juan Manuel T. A., como autor del delito de extorsión.
El sentenciado deberá cumplir cinco años de pena privativa de libertad, conforme a lo resuelto en primera instancia por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en febrero de 2024. Además, deberá pagar doce salarios básicos unificados a favor de la administración de justicia y entregar 5.000 dólares como reparación integral a la víctima, según lo dispuesto en la resolución de segunda instancia de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
Los hechos ocurrieron el 15 de febrero de 2023, cuando Juan Manuel T. A. fue retenido, en los alrededores del estadio de Machachi, por un grupo de personas que le reclamaban la devolución de dinero. Entre ellas se encontraba la víctima, quien manifestó que el ahora sentenciado la extorsionaba, exigiéndole más dinero del que ya le había entregado para que su esposo –a quien habría trasladado por rutas ilegales hacia Estados Unidos– llegara con vida a su destino.
Según el testimonio, al verse rodeado, Juan Manuel T. A. sacó su teléfono y reprodujo audios en los que un supuesto coyotero mexicano advertía que matarían a tres personas –ya sea entregándolas a “Los Z” o abandonándolas en el desierto–, entre ellas el esposo de la víctima, porque “los familiares en Ecuador están molestando mucho”.
De acuerdo con el testimonio de la afectada, el sentenciado le dijo: “el trabajo de este sicario allá es un trabajo garantizado; si no me entregas los 3.000 dólares, por 200 puedo mandar a matar a tu marido”, y continuó exigiéndole dinero a cambio de supuesta “protección”.
Ante esta situación, las personas que se encontraban en el lugar le quitaron el teléfono y lo retuvieron hasta la llegada de la Policía, que procedió a su aprehensión.
Las pruebas que sustentaron la acusación incluyeron los testimonios de los agentes aprehensor e investigador, el del experto que hizo la pericia de audio al teléfono celular de la víctima y su testimonio anticipado, entre otros elementos.
Información jurídica
Este caso se procesó y sentenció por el delito de extorsión, tipificado en el artículo 185, inciso tercero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





