Fiscalía obtiene la ratificación de la sentencia condenatoria de 26 años de prisión por minería ilegal
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1276-DC-2026

Loja (Loja), 6 de noviembre de 2026.- Con base en la argumentación de Fiscalía, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Loja ratificó, en todas sus partes, la sentencia condenatoria dictada contra cinco personas por el delito de actividad ilícita de recursos mineros y confirmó la pena privativa de libertad de veintiséis años y ocho meses.
Los jueces rechazaron los recursos de apelación interpuestos por los abogados defensores de Marcos Javier M. S., Edison Manuel B. J., Marco Alberto Á. T., Ángel Antonio R. R. y Asdrúbal José M. B., declarados autores directos. Además, cada uno deberá pagar una multa equivalente a 300 salarios básicos unificados y cumplir con la reparación integral de los daños ambientales ocasionados, por un monto de 20.000 dólares.
Los hechos ocurrieron el 20 de octubre de 2024. Durante un operativo militar en el sector Guásimo, en la quebrada Sabiango, cantón Macará, provincia de Loja, personal de las Fuerzas Armadas detectó a varias personas que explotaban recursos mineros con maquinaria pesada en una zona que no contaba con las autorizaciones correspondientes.
De acuerdo con la investigación, los ahora sentenciados operaban retroexcavadoras para remover y extraer material de la quebrada. En el sitio también se encontraron clasificadoras tipo zeta, motobombas y otros implementos utilizados en esta actividad. Al advertir la presencia militar, varios intentaron huir, pero cinco fueron aprehendidos mientras efectuaban labores relacionadas con la explotación minera.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó los testimonios de los militares que participaron en el operativo y describieron las actividades que se desarrollaban en el lugar. También expuso los testimonios de los agentes de Policía que intervinieron posteriormente en el procedimiento y constataron la existencia de trece retroexcavadoras, motores de agua, motobombas y clasificadoras utilizadas en la actividad minera.
A la prueba testimonial se sumaron los informes técnicos de la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), que determinaron que los cinco procesados no contaban con derechos mineros en el cantón Macará ni con contratos de operación que los habilitaran para desarrollar estas actividades.
Asimismo, mediante la inspección ocular técnica y el reconocimiento del lugar de los hechos, se identificaron excavaciones, pozas de agua, remoción de la capa vegetal y vestigios de maquinaria pesada. La afectación ambiental se calculó en una hectárea de vegetación y un frente de explotación de alrededor de 200 metros.
Como parte de la reparación integral, la sentencia también dispuso la restauración de la capa vegetal y del lecho hídrico afectados en el sector Sabiango, por un monto de 20.000 dólares. Además, se ratificó el comiso de los demás bienes e implementos incautados que fueron considerados instrumentos de la infracción.
Respecto a las trece excavadoras identificadas durante el proceso, la Sala señaló que, al no haberse dispuesto su comiso penal, Fiscalía deberá analizar la viabilidad de su devolución. Para ello, deberá considerar también la investigación previa ordenada por el Tribunal de primera instancia contra sus propietarios, por el presunto delito de suministro de insumos para minería ilegal u otros que pudieran determinarse.
Información jurídica
Este caso se siguió por el delito tipificado en el artículo 260, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





