Exalcalde de Taisha y otras 4 personas son sentenciadas por peculado en municipio

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1251-DC-2026

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Morona (Morona Santiago), 29 de octubre de 2026.- Con la presentación de treinta y dos elementos probatorios, la Fiscalía General del Estado demostró la responsabilidad del exalcalde del cantón Taisha, Cergio A. Ch.; del exalcalde subrogante, Atsamp Mario T.; de los exfuncionarios municipales Everly Leonardo S. y Nivaldo Leodán A.; y del contratista Víctor Hugo T. en el delito de peculado.

La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a los cinco acusados, en calidad de coautores, a diecisiete años y cuatro meses de privación de libertad. También dispuso que paguen 87.953,79 dólares como reparación integral al Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) del cantón Taisha.

Contexto

Fiscalía inició la investigación con base en un informe con indicios de responsabilidad penal de la Contraloría General del Estado, en el que se señala que, en junio de 2014, el entonces alcalde de Taisha, Cergio A. Ch., suscribió un contrato para la ampliación y el mejoramiento del sistema de agua potable del cantón.

Como parte de la misma obra, en octubre de 2016, Cergio A. Ch. suscribió un contrato complementario para la construcción de un dique sobre el río Wambimi. Entre los trabajos ejecutados constaban la apertura y el lastrado de una vía de acceso de aproximadamente un kilómetro de longitud, desde la entrada principal de la vía Taisha-Macas hasta el dique.

En su intervención en la audiencia de juicio, la Fiscal Provincial de Morona Santiago, Anita Madero, expuso que, a pesar de que la obra ya se había ejecutado, en febrero de 2018 el exalcalde dispuso el inicio del proceso de contratación denominado “Lastrado desde la vía principal Taisha-Macas a la captación del dique del río Wambimi, 1 kilómetro”.

Posteriormente, el exalcalde subrogante, Atsamp Mario T., y el contratista, Víctor Hugo T., suscribieron el contrato por 78.631 dólares, más IVA. La administración del mismo estuvo a cargo de Everly Leonardo S., director de Obras Públicas, mientras que la fiscalización estuvo a cargo Nivaldo Leodán A., coordinador.

En junio de 2018, con base en la documentación proporcionada por los dos exfuncionarios y el contratista, el exalcalde Cergio A. Ch. ordenó el pago correspondiente. Finalmente, se suscribió el acta de entrega-recepción definitiva de la obra.

Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó doce testimonios de testigos y peritos para demostrar estos hechos. Entre ellos estuvieron los integrantes del equipo auditor de la Contraloría, una exconcejala del Municipio y los peritos encargados de las pericias técnica de ingeniería civil, contable-financiera, de análisis de contenido digital y de reconocimiento del lugar de los hechos.

Además, fueron presentadas veinte pruebas documentales, como los expedientes de procesos contractuales, libros de obra, contratos, resoluciones, acciones de personal, información tributaria y movimientos bancarios.

Información jurídica

El delito de peculado está tipificado y es sancionado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con privación de libertad de diez a trece años. La pena se incrementó en un tercio por la aplicación de circunstancias agravantes de la infracción.