En apelación, Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por tráfico de drogas

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 209-DC-2026

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Quito (Pichincha), 20 de febrero de 2026.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia ratificó la sentencia de diecinueve años de privación de libertad impuesta a Wellington Andrés G. C. por un Tribunal de Garantías Penales, como autor del delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización.

En la audiencia de juicio, Fiscalía obtuvo la condena al demostrar técnicamente la responsabilidad del procesado.

Sin embargo, la defensa apeló el fallo y solicitó a los jueces de segunda instancia que se ratifique la inocencia de su cliente. A su criterio, las pruebas habrían sido implantadas al momento de la aprehensión, registrada el 15 de mayo de 2025, cuando la Policía lo arrestó con 358,99 gramos de marihuana.

El Fiscal de la causa refutó esa afirmación y explicó que, para hablar de un falso positivo, es necesario demostrar que las pruebas fueron contaminadas, manipuladas o creadas artificialmente por policías, militares u otra autoridad de control, lo cual no ocurrió.
Agregó que la alegación de la defensa de Wellington Andrés G. C. carecía de argumentos jurídicos para motivar su postura.

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia compartió con el criterio de Fiscalía y, por unanimidad, rechazó el recurso de apelación, ratificando la sentencia de primera instancia en todas sus partes.

Información jurídica

Wellington Andrés G. C. fue sentenciado con base en el artículo 220, numeral 1, literal c), del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La norma sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala con una pena privativa de la libertad de diecinueve a veintidós años.