Condenado por asesinar a su conviviente durante una fiesta popular en Saraguro

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 654-DC-2026

Imagen de boletín: Condenado por asesinar a su conviviente durante una fiesta popular en Saraguro

Saraguro (Loja), 27 de mayo de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria de veinte años de pena privativa de libertad contra Richard C., declarado culpable del asesinato de su conviviente. El procesado permaneció prófugo de la justicia desde 2011, año en que ocurrió el crimen.

Además de la pena impuesta, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa dispuso el pago de 50.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima indirecta: el hijo de la mujer, quien tenía 2 años al momento de los hechos.

El crimen ocurrió el 25 de noviembre de 2011, en el sector Caparí, parroquia Selva Alegre, cantón Saraguro. Según la investigación de Fiscalía, durante una fiesta popular que se desarrollaba en una cancha del sector, el agresor —conviviente de la víctima— la atacó en reiteradas ocasiones con un cuchillo, causándole la muerte.

Tras cometer el delito, huyó del lugar. El proceso judicial fue suspendido luego del llamamiento a juicio, debido a que el sospechoso permanecía prófugo. Posteriormente, se activó una notificación roja de Interpol para su localización y captura. En noviembre de 2025 fue detenido en Estados Unidos y entregado a las autoridades ecuatorianas.

Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó el acta de levantamiento del cadáver y el protocolo de autopsia, el cual determinó que la muerte fue causada por múltiples heridas provocadas con arma punzocortante.

También se receptaron testimonios de personas que presenciaron el hecho, así como de quienes aportaron información sobre el contexto de violencia en el que vivía la víctima.

Asimismo, Fiscalía incorporó documentación relacionada con la situación migratoria del procesado, que evidenció su salida del país tras el crimen y su permanencia como prófugo de la justicia durante varios años.

Al concluir la diligencia, el Tribunal determinó que el asesinato se cometió con alevosía y aprovechando la condición de indefensión de la víctima. Por ello, dictó sentencia considerando circunstancias agravantes.

Información jurídica

El caso fue sancionado por el delito de asesinato, tipificado en el artículo 450, numerales 1 y 5, del anterior Código Penal, normativa vigente al momento de los hechos.