Caso Sinohydro: 21 personas son llamadas a juicio por presunto cohecho
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1283-DC-2025

Quito (Pichincha), 09 de diciembre de 2025.- Con base en los elementos de convicción expuestos por la Fiscalía General del Estado, el conjuez nacional Olavo Hernández dictó auto de llamamiento a juicio contra veintiún procesados –entre ellos, el exvicepresidente de la República, Lenín M.; su esposa, su hija y sus hermanos– por su presunta participación en el delito de cohecho.
Además, fueron llamados a juicio tres ciudadanos chinos: Cai R., Yang H. y Song D., quienes eran representantes de la empresa Sinohydro a la fecha de los hechos.
También dictó auto de sobreseimiento a favor de otros 3 imputados.
La decisión fue dada a conocer por el Magistrado durante la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada entre agosto y septiembre de 2025. Allí, Fiscalía presentó su dictamen acusatorio, sustentado en veintiocho elementos de convicción comunes y 602 individuales.
A decir del Conjuez, los elementos de convicción expuestos por la Institución fueron suficientes para presumir la existencia del delito de cohecho y la participación de los procesados.
De acuerdo con la teoría fiscal, la trama de corrupción giró en torno a la adjudicación del contrato público para la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, cuyo costo superaría los 1.979 millones de dólares y cuya ejecución dependía de un crédito proveniente de China.
Asimismo, funcionarios de alto nivel y empresarios se habrían concertado para favorecer a la empresa Sinohydro, recibiendo como contraprestación dádivas indebidas.
Entre los elementos de convicción más relevantes constan veintidós asistencias penales internacionales provenientes de Panamá, Suiza, Estados Unidos, Belice y España.
Llamados a juicio
Autores directos:
1. Lenín Boltaire M. G.
2. Luciano Enrique C. V.
3. Henry de Jesús G. C.
4. Conto Augusto P. M. (representante legal de Comercial Recorsa)
5. Cai R.
6. Yang H.
7. Song D.
Cómplices:
1. Judith Rocío G. N.
2. Irina M. G.
3. Guillermo Renán M. G.
4. Edwin Ovidio M. G.
5. Martha Guisella G. N.
6. María Auxiliadora P. H.
7. Xavier José M. C. (representante legal de Ginepri S. A.)
8. Juan Carlos P. H.
9. Patricia de las Mercedes P. H.
10. Manuel Ignacio P. H.
11. Priscila B. P.
12. José Eduardo C.V.
13. Carlos Oswaldo A. A.
14. María Augusta del Rocío B. C.
Fiscalía apelará el sobreseimiento dictado.
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Información jurídica
Este caso se judicializa por el delito de cohecho, conforme lo establecían los artículos 285 y 290 del Código Penal (norma vigente a la fecha de los hechos) y que actualmente se encuentra recogido en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





