Aquiles A. H. recibe sentencia de 3 años por incumplir una medida judicial

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 905-DC-2026

Imagen de boletín: Aquiles A. H. recibe sentencia de 3 años por incumplir una medida judicial

Durán (Guayas), 04 de agosto de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria de tres años de pena privativa de libertad contra Aquiles David A. H., por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

El procesado fue declarado responsable de incumplir una medida dispuesta por un Juez de Garantías Penales, quien había ordenado el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica en una causa previa. Durante un allanamiento ejecutado el 10 de febrero de 2026 en su domicilio, ubicado en la vía a Samborondón, se verificó que no portaba dicho dispositivo.

La investigación se inició luego de la denuncia presentada por un funcionario del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), acompañada de la documentación correspondiente y los partes informativos emitidos por la Policía Nacional.

El operativo se desarrolló en el marco del denominado “Caso Goleada”, que investiga un presunto delito de lavado de activos. Durante estas diligencias también fueron detenidos dos hermanos del procesado y ocho personas más.

Durante la audiencia de juzgamiento, llevada a cabo en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Durán, la Fiscal a cargo del caso presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales que demostraron la responsabilidad penal del procesado.

Entre los elementos expuestos por Fiscalía constan los testimonios de quince personas, entre agentes policiales, peritos y funcionarios del SNAI; además de los reportes de alertas emitidos sobre el dispositivo de vigilancia electrónica, pericias técnicas de audio y video, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y la denuncia presentada.

Tras haber valorado las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal Penal con sede en esta jurisdicción declaró a Aquiles David A. H. autor directo del delito y dictó sentencia condenatoria de tres años de pena privativa de libertad. Además, dispuso el pago de una multa de 10 salarios básicos unificados y, como medida de reparación integral, la emisión de disculpas públicas a través de un medio de comunicación social de alcance nacional.

Información jurídica

La Fiscalía General del Estado procesó esta causa con base en el artículo 282, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente con pena privativa de libertad de uno a tres años.