Alias ‘Churón’ es sentenciado a 34 años de prisión por asesinato
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1317-DC-2025

Samborondón (Guayas), 18 de diciembre de 2025.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión contra Óscar Enrique D. M., alias “Churón”, al ser declarado autor directo del delito de asesinato de Jaime V. F., ocurrido el 20 de mayo de 2022 en un restaurante del sector Buijo Histórico, en el cantón Samborondón.
Durante la tarde de ese día, la víctima se encontraba con su pareja y amigos cuando fue atacada con varios disparos por un sujeto armado. A consecuencia de las heridas, falleció en el lugar. El agresor huyó en un vehículo que lo esperaba a corta distancia.
Tras el hecho, la Fiscalía de Guayas inició una investigación que permitió identificar a los presuntos responsables. En el proceso se levantaron indicios en el lugar de los hechos y se analizaron grabaciones de cámaras de seguridad públicas y privadas del sector.
En audiencia de juicio, desarrollada en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Durán, la Fiscal del caso presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que acreditaron la participación de Óscar Enrique D. M. en el crimen. Entre estas constan informes investigativos de la Dinased, pericias balísticas, análisis de registros telefónicos y experticias a los videos de seguridad, además del acta de levantamiento del cadáver, la autopsia y los testimonios de los familiares de la víctima.
Cabe señalar que, en relación con este mismo caso, Jimmy Javier S. R. fue sentenciado el 27 de junio de 2023 a veintidós años de prisión como coautor del delito de asesinato.
Acogiendo el pedido de Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa impuso a Óscar Enrique D. M. la pena de privación de libertad, una multa de 1.500 salarios básicos unificados y el pago de USD 50.000 como reparación integral a favor de los familiares de la víctima.
Información jurídica
El caso fue procesado con base en el artículo 140, numeral 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de asesinato, en concordancia con las agravantes previstas en el artículo 47, numerales 5 y 7, que permitieron el incremento de la pena en un tercio.





