Padrastro es sentenciado a 13 años de prisión por abuso sexual
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1232-DC-2026

Francisco de Orellana (Orellana), 23 de octubre de 2026.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, Jefferson Noé R. E., de 50 años, fue sentenciado a trece años y cuatro meses de privación de libertad, como autor del delito de abuso sexual cometido contra su hijastra, de 7 años.
La sentencia también dispone el pago de una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados y de 2.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de octubre de 2025, cuando el sentenciado habría cometido actos de abuso sexual contra la niña. Horas después, la menor le contó a su madre que sentía dolor en el cuerpo y señaló a su padrastro como responsable. Ante esta situación, la madre la llevó a un centro de salud para que recibiera atención médica.
Durante la consulta, la niña relató nuevamente lo ocurrido Al identificar un posible delito de naturaleza sexual, el médico alertó a las autoridades, pues la madre había puesto en duda el relato de la menor.
En la audiencia de juicio, la médica legista expuso ante el Tribunal las lesiones dolorosas que identificó en el cuerpo de la niña. Además, señaló que, durante el examen médico legal, practicado en presencia de la madre, la víctima volvió a identificar al agresor.
El testimonio anticipado de la niña fue concordante con los relatos recogidos por las peritas durante sus entrevistas y con las declaraciones de los demás testigos. El Tribunal valoró estos elementos en conjunto y sustentó en ellos la sentencia condenatoria contra el procesado.
El fallo se fundamenta en la vulneración del derecho a la integridad personal, que comprende las dimensiones física, psíquica, moral y sexual, reconocido en el artículo 66, numeral 3, de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los instrumentos internacionales de derechos humanos y la normativa nacional. Asimismo, considera la obligación del Estado de brindar protección especial a niñas, niños y adolescentes frente a toda forma de violencia y abuso sexual, conforme al principio del interés superior del niño.
Información jurídica
La conducta fue tipificada conforme al artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de abuso sexual cuando la víctima es menor de catorce años.





