Procesado por presunta tenencia de armas de uso de Fuerzas Armadas o Policía

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1208-DC-2026

Imagen del boletín: Procesado por presunta tenencia de armas de uso de Fuerzas Armadas o Policía

Pueblo Viejo (Los Ríos), 19 de octubre de 2026.- El Juez de Garantías Penales del caso dictó prisión preventiva para Carlos P., procesado por su presunta responsabilidad en el delito de tenencia de armas de fuego y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, tras la formulación de cargos presentada por la Fiscalía General del Estado.

Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Institución expuso que los hechos ocurrieron en un inmueble del sector conocido como Versalles, en el cantón Pueblo Viejo, donde una persona sospechosa de tener armas de fuego fue localizada a partir de información de inteligencia militar.

Un equipo de las Fuerzas Armadas intervino la vivienda y, tras inspeccionar el inmueble, encontró un arma de fuego y municiones en el patio. Ante este hallazgo, se solicitó la presencia de la Policía Nacional para el levantamiento de las evidencias y la aprehensión del sospechoso, quien fue puesto a órdenes de Fiscalía para el inicio del proceso penal.

Las evidencias encontradas, que se encuentran bajo cadena de custodia, constituyeron los principales elementos de convicción presentados ante el Juez para sustentar la formulación de cargos y la solicitud de medidas cautelares. Entre ellas constan una escopeta, cincuenta y ocho municiones de diferentes calibres, cinco teléfonos celulares y un forro de chaleco militar.

También se expusieron las versiones de los agentes militares y policiales que participaron en el procedimiento y en la aprehensión del ahora procesado, así como el informe de la pericia de inspección ocular técnica del inmueble intervenido.

A estos elementos se sumó el informe pericial balístico, que determinó que el arma de fuego y las municiones estaban aptas para disparar y eran de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional.

Además, Fiscalía presentó una certificación que establece que el procesado no cuenta con autorización para la tenencia o el porte de armas de fuego.

La instrucción fiscal en esta causa tendrá un plazo de treinta días.

Información jurídica

El artículo 360.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el delito de tenencia de armas de fuego y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sancionado con una pena privativa de libertad de diez a trece años.