2 sentenciados a 19 años por tráfico de marihuana
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1093-DC-2026

Quevedo (Los Ríos), 22 de septiembre de 2026.- Luego de haber presentado las pruebas obtenidas durante la investigación, Fiscalía obtuvo sentencia contra Daniel C. y Bryan C. por su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización. Ambos fueron condenados por el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa a diecinueve años de pena privativa de libertad.
Los magistrados informarán, en la sentencia escrita, los montos correspondientes a las multas impuestas a cada uno de los sentenciados.
Los hechos ocurrieron el 20 de septiembre de 2025, en el sector La Esperanza, en Quevedo. Ese día, la Policía Nacional recibió información reservada sobre la presencia de personas sospechosas en un inmueble, donde también se encontraría un vehículo reportado como robado.
Con esta información, varios agentes acudieron al lugar y, luego de confirmar la existencia de actividades aparentemente ilícitas, intervinieron en flagrancia y allanaron el inmueble. En su interior encontraron a dos personas que tenían en su poder varias fundas con una sustancia vegetal de color verde.
La prueba preliminar de campo confirmó que se trataba de marihuana, por lo que los dos sospechosos fueron aprehendidos. Una vez puestos a órdenes de Fiscalía, se formularon cargos en su contra y se dictó prisión preventiva para garantizar su comparecencia durante las siguientes etapas del proceso penal.
Durante la audiencia de juzgamiento, Fiscalía presentó como principales pruebas de cargo los testimonios de los agentes que participaron en el procedimiento y aprehendieron a los procesados. También incorporaron el informe de inspección ocular técnica y el acta de levantamiento de evidencias.
Además, presentó el informe de verificación y pesaje de la sustancia encontrada, que dio positivo para marihuana, con un peso de 466 gramos.
Luego de analizar las pruebas presentadas por las partes procesales, el Tribunal acogió la acusación de Fiscalía y declaró a Daniel C. y Bryan C. coautores del delito imputado, por lo que dictó sentencia condenatoria en su contra.
Información jurídica
El artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.





