Sentencia de 24 años por tráfico de drogas y armas
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1041-DC-2026

Sucre (Manabí), 08 de septiembre de 2026.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa acogió la tesis planteada por la Fiscalía General del Estado y dictó sentencia contra Segundo L., a quien declaró culpable, en calidad de autor directo, de los delitos de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización y tráfico de armas. Por estos hechos, le impuso una pena privativa de libertad de veinticuatro años.
El hecho investigado ocurrió el 7 de enero de 2026, en el sector Cañitas, de la parroquia Charapotó. La Policía Nacional recibió información reservada sobre la presencia de una persona sospechosa en un inmueble del sector. Luego de efectuar vigilancias en el lugar, los agentes observaron que un hombre ingresaba y salía constantemente del inmueble y se dirigía a varios puntos del cantón.
Con estos antecedentes, se organizó un operativo. Luego de que el sospechoso saliera del inmueble, fue aprehendido por agentes policiales. Durante la revisión corporal se le encontraron varias fundas plásticas que contenían sustancias sujetas a fiscalización, distribuidas en dosis y, aparentemente, listas para su expendio mediante microtráfico.
Además, se allanó el inmueble y, en su interior, se encontraron más sustancias ilícitas, balanzas, fundas plásticas, dinero en efectivo y un arma de fuego con sus respectivas municiones.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó once elementos probatorios, entre testimonios, pericias y documentos, que permitieron sustentar la responsabilidad penal del procesado. Entre ellos constaron los testimonios de los agentes que participaron en la aprehensión.
También se expuso el resultado de la pericia de pesaje y verificación de la droga encontrada, que dio positivo para pasta base de cocaína, con un peso de 140 gramos. A ello se sumó la pericia balística, que determinó que el arma encontrada era apta para disparar.
Asimismo, se presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias, entre las que constan la droga encontrada, balanzas, dinero en efectivo, fundas plásticas y la motocicleta que el procesado utilizaba para movilizar el alcaloide.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mientras que el delito de tráfico de armas se encuentra establecido en el artículo 362 del mismo cuerpo legal.





