Caso Triple A: Fiscalía obtiene sentencia contra 9 personas y 6 empresas por comercialización ilegal de hidrocarburos
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1006-DC-2026

Quito (Pichincha), 29 de agosto de 2026.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado durante el juicio, el Tribunal de Garantías Penales Especializado para el Juzgamiento de Delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado a cargo de la causa, con voto de mayoría, declaró la culpabilidad de nueve personas naturales y seis empresas por ser responsables del delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos.
En calidad de autores directos fueron declarados culpables Aquiles A. H., Raúl Z., Juan A., Édgar F. y Édgar C., quienes deberán cumplir con una pena privativa de libertad de seis años y ocho meses.
Mientras que Lady C., Jessenia V., Carolina T. y José C. fueron declarados culpables en calidad de cómplices y se les impuso la pena de dos años y dos meses.
Respecto de las personas jurídicas Copedesa S.A., Corpalubri S.A., Ternape Petroleum S.A., Fuelcorp S.A., Indudiesel S.A. y Harsajudi S.A., el Tribunal dispuso su clausura definitiva y disolución.
Además, los magistrados dictaminaron que los sentenciados respondan solidariamente por 61’ 502.658,39 dólares, como reparación integral a favor de Petroecuador y de la autoridad de control de hidrocarburos. Adicionalmente, impuso una multa de doce salarios básicos unificados (SBU) para las personas naturales y 1.000 (SBU) para las empresas declaradas culpables.
Finalmente se ratificó el estado de inocencia de otras seis personas también procesadas en esta causa, no obstante, el voto salvado de uno de los jueces también determina que existieron suficientes elementos para declarar la culpabilidad de los procesados Fausto V., Rosa O. y Gloria S., sin embargo, prevaleció el voto de mayoría.
La investigación
El caso se inició a partir de una denuncia presentada por la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH), que alertó sobre diferencias significativas entre los volúmenes de combustible despachados y los registrados como facturados por determinadas estaciones de servicio y empresas comercializadoras.
Con base en las pruebas presentadas durante el juicio, Fiscalía demostró que, entre 2020 y 2024, se desviaron 22’ 777.191,80 galones de diésel y gasolina, lo que generó un perjuicio económico al Estado de 61´502.658,39 dólares.
Según la investigación, el mecanismo consistía en adquirir combustible subsidiado destinado al segmento automotriz y posteriormente comercializarlo en los segmentos industrial y naviero internacional, que no correspondían a su destino autorizado y en los que se comercializaba a precios superiores.
Elementos probatorios
Entre las pruebas analizadas por el Tribunal constan registros de comercialización, información financiera y tributaria, información societaria, registros de despacho de combustibles, así como información proporcionada por organismos de control.
También se expusieron pericias que evidenciaron inconsistencias entre la capacidad de almacenamiento de determinadas estaciones de servicio y los volúmenes de combustible que figuraban como adquiridos.
Información jurídica
Este caso fue investigado con base en lo tipificado en el artículo 265 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado en el artículo 264 del mismo cuerpo legal.





