Médico es sentenciado a 6 años de prisión por abuso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 860-DC-2026

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Loja (Loja), 21 de julio de 2026.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa acogió la tesis presentada por la Fiscalía General del Estado y sentenció a Vicente P. a seis años y ocho meses de pena privativa de libertad, ras declararlo culpable del delito de abuso sexual.

Además, le impuso una multa equivalente a doce salarios básicos unificados y el pago de 5.000 dólares a favor de la víctima, como parte de las medidas de reparación integral.

La investigación se inició tras la denuncia presentada por la víctima por hechos ocurridos el 11 de agosto de 2022, cuando acudió a un centro de salud de Loja para someterse a un examen médico. Según la investigación, el procesado –quien se desempeñaba como médico en dicho establecimiento– habría ejecutado actos de naturaleza sexual mientras practicaba la revisión médica.

Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación previa, Fiscalía formuló cargos en su contra.

Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima como principal prueba. En su relato, explicó cómo ocurrieron los hechos e identificó al agresor. También se incorporaron los testimonios del agente policial que intervino en el procedimiento y de la pareja sentimental de la denunciante.

Asimismo, se presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y los resultados de las pericias de psicología y trabajo social practicadas a la víctima, que determinaron la existencia de una afectación emocional derivada de la agresión sufrida.

Finalmente, se incorporaron el informe de la médica legista, la historia clínica de la víctima, el informe laboral del procesado y las certificaciones de los horarios que cumplía el día de los hechos, así como la fecha de la cita médica de la denunciante.

Luego de haber analizado todas las pruebas presentadas, el Tribunal concluyó que existían elementos suficientes para establecer la responsabilidad penal del procesado y dictó sentencia condenatoria.

Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En este caso, se aplicó la agravante prevista en el artículo 48, numeral 8, del COIP, lo que permitió incrementar la pena.