Dos procesados por presunto secuestro extorsivo cumplen prisión preventiva
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 843-DC-2026

Quito (Pichincha), 16 de julio de 2026.- Jhonathan Estiven S. C. y Jeferson Ch. B. enfrentan un proceso penal, luego de que Fiscalía reuniera suficientes elementos de convicción, recabados durante las primeras horas posteriores al hecho, que los relacionarían con su participación en el delito de secuestro extorsivo.
El hecho investigado ocurrió el 12 de julio de 2026. Agentes de la Policía Nacional recibieron una alerta sobre el presunto secuestro de un ciudadano, a través del ECU 911.
Según la denuncia presentada por un familiar de la víctima, este habría recibido llamadas y mensajes extorsivos en los que le exigían 3.600 dólares a cambio de no atentar contra la vida de la persona secuestrada. Ante esta situación, prometió entregar un televisor, propuesta que habría sido aceptado por los sospechosos.
Los presuntos extorsionadores citaron al familiar de la víctima en un parque en el sector de Solanda, en el sur de Quito. En ese lugar, agentes de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión (Unase) ejecutaron un operativo y observaron a dos hombres que custodiaban a la víctima.
Tras la entrega del televisor, los uniformados aprehendieron en delito flagrante a Jhonathan Estiven S. C. y Jeferson Ch. B. Además, se retuvo el vehículo que presuntamente habría sido utilizado para la comisión del delito.
Luego de ser liberada, la víctima manifestó que fue abordada por dos sujetos en el patio de comidas de un mercado ubicado en el centro-norte de Quito, quienes la amenazaron y obligaron a subir a un vehículo.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno presentó como elementos de convicción las versiones de la víctima y del agente aprehensor; también el informe de reconocimiento de evidencias; el formulario único de cadena de custodia de los indicios recabados, entre ellos dos teléfonos celulares y un vehículo; así como las copias de los mensajes extorsivos.
Al concluir la diligencia y con base en el pedido motivado de Fiscalía, el Juez que conoció la causa dictó prisión preventiva para los procesados. Como medida de protección a favor de la víctima, dispuso la prevista en el artículo 558, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que prohíbe a las personas procesadas realizar actos de persecución o de intimidación en contra de la víctima o de sus familiares.
Además, al tratarse de un delito flagrante, se dispuso el inicio de una instrucción fiscal por el plazo de treinta días.
Información jurídica
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 162, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de secuestro extorsivo con el máximo de la pena prevista para este delito, de trece y dieciséis años de prisión, cuando la víctima es “una persona menor de dieciocho años, mayor de sesenta y cinco años, mujer embarazada o persona con discapacidad o que padezca enfermedades que comprometan su vida”.





