Fiscalía procesa a conductor de bus por accidente de tránsito en Caupicho
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 759-DC-2026

Quito (Pichincha), 22 de junio de 2026.- Fiscalía formuló cargos contra Lenin Paúl F. A. por el presunto delito de muerte culposa y lesiones causadas en accidente de tránsito, tras identificar elementos de convicción recabados en las primeras horas del hecho. El siniestro dejó un bebé de cuatro meses fallecido y quince personas heridas.
El hecho ocurrió la mañana del 20 de junio de 2026 en el sector de Caupicho, sur de Quito.
Tras una alerta del ECU 9-1-1, un agente civil de tránsito acudió al lugar y constató que un bus urbano habría perdido el carril de circulación, impactándose contra un poste y volcando sobre su lateral izquierdo.
Como consecuencia del siniestro, el bebé perdió la vida y las personas heridas fueron trasladadas por moradores del sector a distintas casas de salud para recibir atención médica.
El conductor del bus, Lenin Paúl F. A., fue aprehendido en el lugar al tratarse de una presunta infracción flagrante de tránsito.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal de turno presentó como elementos de convicción la versión del agente aprehensor, el acta de levantamiento de cadáver, el informe de autopsia médico-legal, los informes de reconocimientos médico-legales practicado a las personas heridas y el informe técnico de daños del bus.
Asimismo, se incorporó el informe de verificación técnica del accidente, cuya conclusión determina como causa probable la falta de atención del conductor a la configuración y diseño vial, lo que habría provocado la pérdida del carril de circulación, el impacto y el posterior volcamiento.
Finalmente, la Jueza de la Unidad Judicial en Infracciones Flagrantes que conoció la causa dictó las medidas cautelares de presentación periódica y prohibición de salida del país. La causa se tramitará mediante procedimiento ordinario y la instrucción fiscal tendrá un plazo de treinta días.
Información jurídica
Fiscalía formuló cargos por el delito de muerte culposa tipificado en el artículo 377, inciso primero, en conexidad con el artículo 379 de lesiones causadas por accidente de tránsito, en concordancia con el artículo 152 de lesiones, numerales 1, 2, 3 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).





