Hombre fue sentenciado a 5 años de cárcel por almacenar explosivos no autorizados
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 688-DC-2026

Zapotillo (Loja), 03 de junio de 2026.- Luego del análisis de las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Danny V. a cinco años de pena privativa de libertad, tras ser declarado culpable del delito de tenencia de armas, municiones o explosivos no autorizados.
El hecho investigado ocurrió el 10 de septiembre de 2025, en el cantón Zapotillo, provincia de Loja. Información reservada permitió a la Policía Nacional conocer que un inmueble ubicado en el barrio La Vega del Cura, era utilizado para almacenar explosivos.
Con la información obtenida, se solicitó y ejecutó una orden de allanamiento que permitió la aprehensión del hoy sentenciado. Durante la inspección del inmueble se encontraron tres tacos de explosivos, armados con sus respectivas cápsulas y cordones detonantes listos para ser utilizados.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal a cargo de la investigación demostró la responsabilidad del procesado mediante la exposición de las pruebas obtenidas durante la instrucción fiscal. Entre ellas constan los testimonios de los agentes policiales que participaron en el procedimiento y realizaron la aprehensión.
También se presentó el informe investigativo, en el que se señala que los explosivos serían utilizados por el grupo delictivo “Los Lobos” para cometer extorsiones dentro del cantón.
Asimismo, se dio a conocer el resultado de la pericia practicada al material encontrado, que certificó que se trataba de emulsión encartuchada (hidrogel) de alto poder destructivo. A ello se sumaron el reconocimiento del lugar de los hechos y la cadena de custodia de las evidencias incautadas.
Al concluir la audiencia, el Tribunal acogió el pedido de Fiscalía y señaló que las pruebas expuestas permitieron demostrar tanto la materialidad de la infracción como la responsabilidad penal del acusado.
Información jurídica
El delito de tenencia de armas de fuego, municiones y explosivos prohibidos o no autorizados está tipificado en el artículo 361 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años.





