Sentenciados a 34 años de prisión por tráfico de drogas a gran escala

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 605-DC-2026

Quito (Pichincha), 15 de mayo de 2026.- Las diligencias impulsadas desde la Unidad Nacional Especializada de Investigación contra la Delincuencia Organizada Transnacional No. 6 de Fiscalía (Unidot), derivaron en la sentencia condenatoria dictada contra tres personas.

La Fiscal de la causa acusó a Camilo Fernando R. O., Luis Carlos F. A. y Cristian Daniel M. Q. como autores del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a gran escala.

En la audiencia de juicio, el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso emitió un fallo condenatorio, imponiéndoles la pena máxima del delito.

Acogiendo el pedido de Fiscalía, los jueces consideraron aplicar, además, la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “Cometer la infracción con participación de dos o más personas”. La sentencia alcanzó los treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad.

Sobre los hechos, la Fiscal de Unidot No. 6 informó a los jueces que Camilo Fernando R. O., Luis Carlos F. A. y Cristian Daniel M. Q. fueron aprehendidos luego de que el Grupo de Seguridad de la Armada de Estados Unidos los interceptara en altamar.

Los implicados, dijo, fueron entregados a la Armada del Ecuador a 62 millas del Puerto de Manta la tarde del 20 de mayo de 2025.

Los testimonios rendidos por el Capitán de Fragata de la Armada del Ecuador y por el agente aprehensor de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Transnacionales de la Policía Nacional coincidieron en que los acusados llevaban en las embarcaciones dos toneladas de clorhidrato de cocaína, distribuidas en 1.761 paquetes.

Lo expuesto por los uniformados encontró sustento en la pericia química practicada a la droga y en la prueba documental de pesaje.

La Fiscal también practicó como prueba una pericia de audio y video que evidenció el traslado de la droga en embarcaciones en altamar.

El conjunto probatorio de Fiscalía no dejó duda a los jueces, quienes –por unanimidad– emitieron sentencia condenatoria contra los tres acusados.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización a gran escala se sanciona en el artículo 220, numeral 1, literal d, del COIP con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años. La pena se incrementó debido a la aplicación de la circunstancia agravante.