Pena máxima para el autor del femicidio de María Fernanda L.

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 561-DC-2026

Imagen de boletín: Pena máxima para el autor del femicidio de María Fernanda L.

Quito (Pichincha), 07 de mayo de 2026.- La decisión fue unánime. Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales con sede en Iñaquito que conoció la causa sentenció a José Luis D. a veintiséis años de privación de la libertad, como autor del delito de femicidio.

La víctima fue su expareja sentimental, María Fernanda L., cuyo cuerpo fue encontrado sin vida el 2 de mayo de 2025, dentro de un inmueble en el barrio San Marcos, en el centro de Quito.

En la audiencia de juicio, la Fiscal que investigó el caso informó al Tribunal que la víctima murió a causa de asfixia por estrangulamiento, hecho que fue demostrado con el testimonio de la perita que practicó la autopsia médico-legal.

Respecto de la autoría de José Luis D. en el femicidio, Fiscalía sostuvo que en las uñas de María Fernanda L. se halló el perfil genético del acusado, lo que fue técnicamente corroborado mediante una pericia de ADN.

La Fiscal también probó la existencia de chats entre la pareja. Los mensajes materializados de WhatsApp revelaron el círculo de violencia que mantenía el sentenciado con su entonces pareja sentimental.

Asimismo, presentó conversaciones entre la víctima y su hija, en las que ella relataba su vida sentimental conflictiva, marcada por agresiones ejercidas por el acusado.

Fiscalía también convocó a dos amigas de María Fernanda L., quienes aseguraron haber presenciado una relación violenta y manipuladora por parte del acusado.

A este conjunto de testimonios se sumó el de una expareja sentimental de José Luis D., quien afirmó haber sufrido agresiones físicas y psicológicas por parte del sentenciado.

Luego de haber valorado estas y otras pruebas, el Tribunal dictó sentencia condenatoria. Además, impuso al acusado el pago de 50.000 dólares como reparación integral a la familia de la víctima y una multa de 1.000 salarios básicos unificados.

Información jurídica

El delito de femicidio está sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.