2 procesados por presunta tenencia y porte no autorizado de armas de fuego
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 491-DC-2026

El Empalme (Guayas), 20 de abril de 2026.- La Fiscalía General del Estado procesa a Segundo Geovanny T. M. y Ariel Santiago H. M. por el presunto delito de tenencia y porte no autorizado de armas de fuego. Ambos fueron aprehendidos durante un operativo del Bloque de Seguridad –integrado por Fuerzas Armadas y Policía Nacional–, el viernes 17 de abril, en el recinto El Guayabo, cantón El Empalme.
Según el parte policial, los uniformados acudieron al sector tras recibir alertas sobre disparos que atemorizaban a la ciudadanía. En el lugar identificaron un inmueble desde donde se efectuaban detonaciones.
Durante el registro, encontraron a los dos sospechosos, quienes fueron neutralizados. En su poder se hallaron un revólver y una pistola con sus respectivos cargadores y municiones. Además, en una de las habitaciones se encontraron setenta y cuatro municiones sin percutir, de distintos calibres. Los aprehendidos no pudieron justificar su tenencia.
Tras la aprehensión, fueron puestos a órdenes de la autoridad judicial, mientras que las evidencias ingresaron en cadena de custodia de la Policía Judicial.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal presentó como elementos de convicción el parte informativo y de aprehensión, las versiones de los agentes intervinientes y el formulario de cadena de custodia, entre otros.
El Juez de Garantías Penales de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los procesados.
La audiencia de procedimiento directo se convocó para el 7 de mayo de 2026, a las 13:30.
La instrucción fiscal tendrá una duración de veinte días. Como parte de la investigación, Fiscalía solicitará pericias balísticas para determinar si el arma fue utilizada en otros hechos delictivos.
Información jurídica
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 360, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona este delito con pena privativa de libertad de tres a cinco años.





