Fiscalía procesa a 4 personas por presunto tráfico de moneda
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 297-DC-2026

Riobamba (Chimborazo), 11 de marzo de 2026.- Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, Fiscalía formuló cargos contra Robinson Alejandro V. G., Gloria Emperatriz V. G., Jonathan Alexis Y. G. y Estalin David L. R., por su presunta participación en el delito de tráfico de moneda.
Las cuatro personas fueron aprehendidas el 9 de marzo, en Riobamba, con 4.280 dólares presuntamente falsos.
La aprehensión ocurrió en delito flagrante, en la avenida Leopoldo Freire y Honduras, cerca de la Jefatura de Tránsito, en el sur de la ciudad. Personal del Ejército ecuatoriano que cumplía labores de inteligencia detectó la presunta transacción de dinero falso y retuvo a los sospechosos, quienes posteriormente fueron entregados a la Policía Nacional.
Según la investigación, Robinson Alejandro V. G. habría ofertado un catálogo de “billetes falsos” a través de una red social. Su madre, Gloria Emperatriz V. G., presuntamente tenía en su maleta varios soportes similares a billetes de 20 y 10 dólares al momento de su aprehensión. Jonathan Alexis Y. G. y Estalin David L. R. serían los compradores de la moneda adulterada.
Tras verificar que los billetes no coincidían con los de curso legal, y luego de revisar el papel y los números de serie de los 4.280 dólares encontrados, los uniformados procedieron a la aprehensión de los involucrados.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno presentó como elementos de convicción las versiones de los agentes aprehensores y de los procesados, el parte policial y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias físicas, entre otros.
Con base en el pedido justificado de Fiscalía, la Jueza de turno dictó prisión preventiva para Robinson Alejandro V. G. En el caso de Gloria Emperatriz V. G., Jonathan Alexis Y. G. y Estalin David L. R., dispuso presentaciones periódicas y la prohibición de salida del país.
Los procesados se someterán a un procedimiento directo, con una instrucción fiscal de veinte días. La audiencia de juicio se llevará a cabo el 30 de marzo del año en curso.
Información jurídica
El delito de tráfico de moneda está tipificado en el artículo 304 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de uno a tres años.





