Padre e hijo procesados por agredir a personal policial en Pedro Carbo
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 151-DC-2026

Pedro Carbo (Guayas), 06 de febrero de 2026.- La Fiscalía General del Estado procesa a un padre y a su hijo adolescente por el delito de ataque y resistencia, luego de que, durante un operativo de control en el centro de Pedro Carbo, ambos se resistieran a la acción policial y agredieran a los uniformados.
Según el parte informativo, los hechos se iniciaron cuando los policías solicitaron al adolescente que se detuviera mientras se movilizaba en una motocicleta. El joven habría reaccionado de manera agresiva y minutos después llegó su padre, quien presuntamente intentó impedir la intervención y también agredió a los uniformados. En medio de la situación, ambos se refugiaron en una vivienda, donde los propietarios autorizaron la actuación de la Policía. Familiares y conocidos se concentraron en el lugar, generando confrontaciones que requirieron asistencia adicional de la fuerza pública.
Padre e hijo fueron aprehendidos y puestos a órdenes de las autoridades judiciales.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso presentó los elementos de convicción, incluyendo el parte de aprehensión, los exámenes médicos del agente agredido y la motocicleta involucrada.
El Juez de Garantías Penales dictó prisión preventiva para Jhon Cristhian S. B., quien fue trasladado a un centro carcelario. Además, se emitieron medidas de protección a favor de la víctima policial.
En el caso del adolescente de 15 años, el Juez de Adolescentes Infractores dictó medidas cautelares de orden personal, como la supervisión por una persona o entidad de atención, la obligación de presentarse ante la autoridad judicial y la prohibición de salir del país.
El cierre de la instrucción para ambos casos será de treinta días.
Información jurídica
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece que quienes ataquen o se resistan con violencia o amenazas a agentes de policía, de seguridad penitenciaria o a servidores de entidades complementarias de seguridad de los gobiernos autónomos municipales y metropolitanos serán sancionados con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.





