3 policías son sentenciados por tráfico de drogas en alta escala

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1054-DC-2025

Imagen de boletín: 3 policías son sentenciados por tráfico de drogas en alta escala

Pastaza (Puyo), 08 de octubre de 2025.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa valoró las pruebas expuestas por Fiscalía y declaró la culpabilidad, en calidad de autores directos, de tres agentes policiales en servicio activo por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala.

Jorge V., Julio C. y Ernesto Y. recibieron una pena agravada de nueve años y cuatro meses de prisión. El fallo incluye, además, una multa equivalente a doce salarios básicos unificados para cada uno.

El hecho investigado ocurrió la madrugada del 11 de marzo de 2022 en un inmueble donde funcionan las bodegas de la Policía Antinarcóticos en Puyo.

Agentes policiales ingresaron al inmueble y, en la planta baja, junto a un escritorio, observaron un mesón. En la parte inferior se encontró una caja cubierta con una sábana y papel, dentro de la cual había una funda que contenía la sustancia ilícita.

Posteriormente, en la segunda planta, fueron ubicados los tres servidores policiales. Tras el registro del lugar, se hallaron cuatro teléfonos celulares y, en la parte posterior del balcón, una mochila con una sustancia que, al ser sometida a la prueba de campo, dio resultado positivo para clorhidrato de cocaína.

Por tal motivo, los servidores policiales fueron aprehendidos, con base en los indicios encontrados en circunstancia flagrante.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó las pruebas recopiladas durante la investigación, entre las cuales destacaron: el testimonio de los agentes aprehensores, el informe de verificación y pesaje de la droga –que determinó un peso de 165 gramos del alcaloide–, así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las evidencias encontradas.

Asimismo, se incorporó el informe técnico pericial de inspección ocular, junto con la pericia de audio, video y afines, que incluyó la extracción de información de los dispositivos celulares, evidenciando conversaciones previas relacionadas con el delito investigado.

Información jurídica

En este caso se aplicó la pena vigente a la fecha de los hechos. El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c (alta escala) del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad es de cinco a siete años. Además, se aplicó la agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, al haberse cometido la infracción con la participación de dos o más personas.