Sentenciado a 7 años de prisión por el delito de estafa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1046-DC-2025

Imagen de boletín: Sentenciado a 7 años de prisión por el delito de estafa

Guayaquil (Guayas), 07 de octubre de 2025.- Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de 7 años de prisión contra Elny Rafael M. S., quien fue hallado culpable del delito de estafa bajo la modalidad de “cambiazo” de tarjetas en cajeros automáticos. Además, se dispuso su expulsión del país y la prohibición de reingreso una vez cumplida la pena.

El procesado fue aprehendido el 9 de noviembre de 2024, a las afueras de una entidad bancaria en el centro de Guayaquil, mientras intentaba estafar a personas de la tercera edad. La denuncia fue presentada por una de las víctimas, quien relató que el sentenciado la abordó cuando intentaba retirar dinero de un cajero automático. Simuló ayudarlo, alegando que la máquina estaba dañada, y aprovechó para sustituir su tarjeta. Posteriormente, retiró 360 dólares de la cuenta de la víctima.

Gracias a las cámaras de seguridad de la entidad bancaria, se comprobó que el acusado continuaba con el mismo modus operandi en contra de otros usuarios. La Policía lo aprehendió en flagrancia y lo puso a órdenes de las autoridades judiciales, que dictaron prisión preventiva en su contra.

En la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía de la Unidad de Patrimonio Ciudadano demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal del acusado mediante pruebas documentales, periciales y testimoniales. Entre ellas constaron: los informes de aprehensión e investigativos de la Policía Judicial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el peritaje de informática forense de audio y video extraído de las cámaras de seguridad de la institución bancaria y la denuncia presentada por el afectado; además, Fiscalía presentó siete testimonios, entre ellos, los de los agentes investigadores, aprehensores y peritos de audio-video.

Con base en estos elementos, el Tribunal Penal que conoció la causa acogió la acusación presentada por Fiscalía y dictó la sentencia condenatoria. Además, dispuso una multa de doce salarios básicos unificados.

Información jurídica

El caso fue procesado conforme al artículo 186, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de estafa con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Asimismo, se aplicó lo establecido en el artículo 61 del COIP, que dispone la expulsión y prohibición de reingreso al Ecuador para personas extranjeras condenadas a más de cinco años de prisión.