Respecto a difusión de información restringida en torno a una IP

COMUNICADO OFICIAL FGE N°006-DC-2025

La Fiscalía General del Estado no tolerará la difusión de información de carácter restringida, tipificado en el artículo 180 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el marco de una investigación previa en la que se expone el nombre de un testigo, lo que pone en riesgo su vida, como ya ha sucedido en ocasiones anteriores.

La máxima autoridad de la Institución ha dispuesto las acciones correspondientes para que estos hechos no continúen, ya que no se puede admitir el uso de argucias que buscan desviar, tergiversar y entorpecer las investigaciones.

Desde la Fiscalía General del Estado se ha dispuesto que la profesional del Derecho que difundió dicha información comparezca y rinda la versión de los hechos.

 

Quito, 15 de mayo de 2025

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO