37 años de prisión por secuestro extorsivo y robo en Santo Domingo

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 239-DC-2026

Imagen de boletín: 37 años de prisión por secuestro extorsivo y robo en Santo Domingo

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 26 de febrero de 2026.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró la culpabilidad de Antonio Enrique T. U. y Jessica Paola S. A. como autores directos de los delitos de robo y secuestro extorsivo, en concurso real de infracciones. Ambos fueron sentenciados, con agravantes, a treinta y siete años, nueve meses y diez días de pena privativa de libertad.

El hecho, investigado por la Fiscalía de Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti No. 1), ocurrió el 7 de marzo de 2025, en Santo Domingo.

La víctima había sido contratada para el traslado de menaje de casa desde la provincia de Bolívar hasta Santo Domingo de los Tsáchilas.

Al llegar al sector de la vía El Poste, el conductor fue intimidado por los ahora sentenciados; uno de ellos portaba un arma de fuego. Posteriormente, le sustrajeron el vehículo, dinero en efectivo y un teléfono celular.

Luego, lo trasladaron en contra de su voluntad a una quebrada, donde permaneció cautivo durante varias horas. En ese lugar, le exigieron las claves de su banca móvil y lo obligaron a grabar un video que fue enviado al propietario del vehículo sustraído, desde el teléfono de Antonio Enrique T. U. En el mensaje exigían 3.000 dólares a cambio de la devolución de la camioneta y la liberación de la víctima.

Tras recibir la transferencia del dinero en la cuenta bancaria de Jessica Paola S. A., los sentenciados liberaron al hombre en una vía. De inmediato, la víctima alertó a las autoridades.

Al día siguiente, agentes policiales ejecutaron un operativo en el que se allanaron varios inmuebles ubicados en la cooperativa Girasoles, el Plan de Vivienda Municipal y el sector El Poste. Ambos implicados fueron aprehendidos en situación de flagrancia.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas en la investigación, entre ellas: el testimonio anticipado de la víctima; los testimonios de los agentes aprehensores; los testimonios de las pericias de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias; y la pericia de extracción de información practicada al dispositivo celular del agraviado.

Como prueba documental, Fiscalía incorporó documentación que acredita la propiedad de los bienes sustraídos.

Información jurídica

Fiscalía judicializó este caso, en concurso real de infracciones, por los delitos de secuestro extorsivo y robo, tipificados en los artículos 162, incisos primero y segundo, numeral 2; y 189, incisos primero y segundo, numeral 2, respectivamente, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Además, se aplicó la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, cuando la infracción es cometida con la participación de dos o más personas.