3 procesados por estafa estafa y tenencia y porte de armas de fuego de uso policial
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 604-DC-2026

Guayaquil (Guayas), 15 de mayo de 2026.- El Juez de Garantías Penales de la Unidad de Flagrancia Valdivia Sur que conoció la causa acogió el pedido de la Fiscalía General del Estado y dictó prisión preventiva para tres ciudadanos por los presuntos delitos de estafa y tenencia y porte de armas de fuego de uso policial, en concurso real de infracciones.
Los procesados fueron aprehendidos con setenta y seis tarjetas de débito y dinero en efectivo no justificado, en un operativo ejecutado por el Bloque de Seguridad en el sur de Guayaquil.
Según el parte informativo, personal militar que patrullaba el sector de Cayetano Tarruel observó a dos personas en actitud sospechosa, quienes intentaron evadir el control. Fueron retenidas para su identificación y registro corporal.
En su poder se encontraron doce tarjetas de una entidad bancaria y 525 dólares en efectivo. Uno de los aprehendidos señaló que su padre le había ordenado retirar dinero de dichas tarjetas, por lo que los agentes se trasladaron a un domicilio cercano.
En el inmueble, una persona intentó impedir el ingreso y, presuntamente, deshacerse de evidencia. En el interior se halló un revólver calibre 38 sin municiones, además de sesenta y cuatro tarjetas de débito de varias entidades bancarias, dos laptops, dos iPod, siete teléfonos celulares y cuatro tarjetas de memoria. Los indicios fueron ingresados bajo cadena de custodia por la Policía Judicial.
Los aprehendidos fueron puestos a órdenes de la autoridad judicial competente para la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos.
En la diligencia, Fiscalía presentó elementos de convicción como el parte informativo, versiones de los agentes aprehensores y la evidencia ingresada en cadena de custodia, entre otros.
El Juez acogió el pedido fiscal y dictó prisión preventiva para Julio César G. F., Edgar Omar A. E. y Omar Josué A. J., quienes fueron trasladados a la Penitenciaría del Litoral. El cierre de la instrucción fiscal se estableció en treinta días.
Información jurídica
El proceso se sustenta en el artículo 186, inciso segundo, numeral 1 (estafa), y el artículo 360.1 (tenencia y porte no autorizado de arma de fuego de uso policial o militar) del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concurso real de infracciones, con penas privativas de libertad de cinco a siete años para el primer delito y de diez a trece años para el segundo.





