16 años de prisión por el delito de parricidio
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 390-DC-2026

Alausí (Chimborazo), 01 de abril de 2026.- Ricardo Q. Q. fue sentenciado a dieciséis años de prisión, tras ser declarado culpable del delito de parricidio cometido contra su esposa, de 23 años. La pareja llevaba aproximadamente un año de relación y convivencia.
Durante la audiencia de juicio, el Fiscal Multicompetente de Alausí señaló que, según la investigación, la mañana del 15 de agosto de 2012, moradores de la comunidad Ozogoche Alto alertaron a la Policía sobre el hallazgo del cuerpo sin vida de una mujer en la orilla de un río.
Las diligencias permitieron determinar que el procesado estranguló a la víctima y arrojó su cuerpo al río cercano a su domicilio. Tras el hecho, se dio a la fuga y fue aprehendido horas más tarde en delito flagrante por agentes de la Policía.
Como principales pruebas, Fiscalía presentó testimonios de los padres y familiares de la víctima, quienes relataron que, durante la relación, la mujer vivió constantes agresiones físicas y psicológicas. Estos hechos fueron corroborados con pericias practicadas en la investigación.
Asimismo, se incorporaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el levantamiento de evidencias, el acta de levantamiento del cadáver y el informe de autopsia.
Con base en estos elementos probatorios, el Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo dictó sentencia condenatoria y dispuso el pago de una reparación integral a favor de los familiares de la víctima.
Información jurídica
El delito de parricidio está tipificado y sancionado en el artículo 452 del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos: “los que, a sabiendas y voluntariamente, mataren a cualquier ascendiente o descendente, cónyuge o hermano, serán reprimidos con reclusión mayor especial de dieciséis a veinticinco años.”





