{"id":35921,"date":"2021-06-11T15:00:01","date_gmt":"2021-06-11T20:00:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/?p=35921"},"modified":"2021-06-11T15:00:01","modified_gmt":"2021-06-11T20:00:01","slug":"fiscalia-discrepa-con-resolucion-de-sala-especializada-de-la-familia-que-dispuso-libertad-de-ciudadanos-extranjeros-procesados-por-secuestro-extorsivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/fiscalia-discrepa-con-resolucion-de-sala-especializada-de-la-familia-que-dispuso-libertad-de-ciudadanos-extranjeros-procesados-por-secuestro-extorsivo\/","title":{"rendered":"Fiscal\u00eda discrepa con resoluci\u00f3n de Sala Especializada de la Familia que dispuso libertad de ciudadanos extranjeros, procesados por secuestro extorsivo"},"content":{"rendered":"<p><strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 543-DC-2021<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-35920 size-full\" src=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/fiscalia-guayas.jpg\" alt=\"Fiscal\u00eda discrepa con resoluci\u00f3n de Sala Especializada de la Familia que dispuso libertad de ciudadanos extranjeros, procesados por secuestro extorsivo\" width=\"650\" height=\"400\" \/><\/p>\n<p><strong>Guayaquil (Guayas), 11 de junio de 2021.-<\/strong> Los jueces de la Sala Especializada de la Familia, Ni\u00f1ez, Adolescencia y Adolescentes Infractores, de la Corte Provincial del Justicia de Guayas, en audiencia de habeas corpus del pasado 2 de junio, dispuso la libertad de tres ciudadanos chinos, procesados por su presunta participaci\u00f3n en el delito de secuestro extorsivo, cometido contra una persona de la misma nacionalidad, el pasado 5 de marzo de 2021 en el norte de Guayaquil.<\/p>\n<p>El fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada Transnacional (Fedoti), Darwin Mu\u00f1oz Mora, present\u00f3 su inconformidad con el proceso y remiti\u00f3 un informe a la fiscal provincial del Guayas, Yanina Villag\u00f3mez, en el que indica el procedimiento que tomaron los jueces que emitieron su resoluci\u00f3n verbal y que ni Fiscal\u00eda ni el Juez de Garant\u00edas Penales que lleva el proceso fueron convocados a dicha audiencia.<\/p>\n<p>Para Fiscal\u00eda, la acci\u00f3n conlleva algunos problemas jur\u00eddicos, entre estos: que los jueces que conocieron el habeas corpus actuaron en contra de lo establecido en el numeral 2, del art\u00edculo 44 de la Ley Org\u00e1nica de Garant\u00edas Jurisdiccionales y Control Constitucional y que omitieron convocar a la autoridad a \u00f3rdenes de la cual se encontraban las personas procesada Xu W., Xiang Q. y Guo G., al momento en que estos presentaron la acci\u00f3n constitucional.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se habr\u00eda afectado el derecho a la seguridad jur\u00eddica, contenido en el art\u00edculo 82 de la Constituci\u00f3n, ya que quitarle impl\u00edcitamente al juzgador \u2013cuya competencia naci\u00f3 del sorteo de Ley\u2013 la facultad de verificar el cumplimiento de las medidas impuestas, genera inestabilidad a todos los sujetos procesales, entre los cuales se encuentran los beneficiarios del habeas corpus, debido a que se desconoce qui\u00e9n es su juez natural.<\/p>\n<p>Se vulnera, adem\u00e1s, el contenido del art\u00edculo 75 de la Constituci\u00f3n: el derecho a la tutela judicial efectiva, debido a que se atenta contra el derecho de la v\u00edctima a una justicia pronta, que es unos de los fines leg\u00edtimos para que opere la privaci\u00f3n de libertad, someti\u00e9ndola a incertidumbre y angustia.<\/p>\n<p><strong>Acciones<\/strong><\/p>\n<p>Al momento, la Fiscal\u00eda General del Estado coordina acciones internas para brindar protecci\u00f3n al afectado, y, con la Procuradur\u00eda General del Estado, para presentar un recurso de apelaci\u00f3n a la sentencia en la presente acci\u00f3n jurisdiccional de los jueces Jessy Monroy, Carlos Zambrano y Roc\u00edo C\u00f3rdova, pertenecientes a la Sala Especializada de la Familia, Ni\u00f1ez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, y requerir, en instancia superior, la declaratoria de error inexcusable.<\/p>\n<p><strong>Contexto: el caso, operativo y proceso penal<\/strong><\/p>\n<p>En operativo conjunto entre Fiscal\u00eda y la Direcci\u00f3n Nacional de Investigaci\u00f3n de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Secuestro y Extorsi\u00f3n (Dinased), ejecutado el 5 de marzo de 2021, ubicaron y recuperaron a un ciudadano chino secuestrado por tres personas, a quien manten\u00edan maniatado al interior de una vivienda dentro de una urbanizaci\u00f3n privada de la v\u00eda Guayaquil-Pascuales.<\/p>\n<p>El operativo dej\u00f3 tres detenidos, tambi\u00e9n de nacionalidad china, quienes fueron trasladados a la Unidad de Flagrancia Cuartel Modelo. Ese mismo d\u00eda, el juez de Garant\u00edas Penales Ricardo Ramos les dict\u00f3 prisi\u00f3n preventiva por el delito de secuestro extorsivo.<\/p>\n<p>Una vez sorteado el proceso, el juez C\u00e9sar Hermida avoc\u00f3 conocimiento del caso y fij\u00f3, para el 30 de marzo de 2021, la audiencia de revisi\u00f3n de medidas contra Xu W., Xiang Q. y Guo G., en la que ratific\u00f3 su prisi\u00f3n preventiva.<\/p>\n<p>El 14 de mayo de 2021, la defensa t\u00e9cnica de los procesados solicit\u00f3 una acci\u00f3n de habeas corpus ante los jueces de una Sala Especializada de la Ni\u00f1ez, quienes la concedieron y resolvieron la acci\u00f3n constitucional a favor de los tres extranjeros, poni\u00e9ndolos en libertad, en una audiencia que se desarroll\u00f3 sin presencia de Fiscal\u00eda ni del Juez a cargo del proceso.<\/p>\n<p>Para el 9 de junio de 2021, a las 15:00 estaba prevista la audiencia de evaluaci\u00f3n y preparatoria de juicio solicitada por Fiscal\u00eda para emitir su acusaci\u00f3n contra los procesados; sin embargo, fue sorpresa que la defensa t\u00e9cnica de los tres extranjeros \u2013mediante un escrito\u2013 comunicaron que a los procesados se les hab\u00eda concedido una acci\u00f3n constitucional de habeas corpus y que se encuentran en libertad, acci\u00f3n que era desconocida por el juzgador a \u00f3rdenes del cual se encontraban los privados de libertad, por Fiscal\u00eda y por la acusaci\u00f3n particular (v\u00edctima).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n de contacto:<\/strong><\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Social<\/p>\n<p><a href=\"mailto:comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec\">comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec<\/a><\/p>\n<p><strong>Tel\u00e9fono:<\/strong>\u00a03985800 Ext. 173123<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 543-DC-2021 Guayaquil (Guayas), 11 de junio de 2021.- Los jueces de la Sala Especializada de la Familia, Ni\u00f1ez, Adolescencia y Adolescentes Infractores, de la Corte Provincial del Justicia de Guayas, en audiencia de habeas corpus del pasado 2 de junio,&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":35920,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2196,2181],"tags":[],"class_list":["post-35921","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-junio-2021","category-2181"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35921","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35921"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35921\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":35922,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35921\/revisions\/35922"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/media\/35920"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35921"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35921"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35921"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}