{"id":20512,"date":"2019-05-06T20:24:14","date_gmt":"2019-05-07T01:24:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/?p=20512"},"modified":"2019-05-06T20:55:52","modified_gmt":"2019-05-07T01:55:52","slug":"caso-de-mala-practica-medica-se-retomara-en-preparatoria-de-juicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/caso-de-mala-practica-medica-se-retomara-en-preparatoria-de-juicio\/","title":{"rendered":"Caso de mala pr\u00e1ctica m\u00e9dica se retomar\u00e1 en preparatoria de juicio"},"content":{"rendered":"<p><strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 079-DC-2019<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-18875 size-full\" src=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/fiscalia-pichincha-actual.jpg\" alt=\"\" width=\"650\" height=\"400\" srcset=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/fiscalia-pichincha-actual.jpg 650w, https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/fiscalia-pichincha-actual-300x185.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 650px) 100vw, 650px\" \/><\/p>\n<p><strong>Quito, 06 de mayo de 2019.-<\/strong> La audiencia preparatoria de juicio por lesiones de m\u00e1s de 90 d\u00edas por mala pr\u00e1ctica m\u00e9dica, que el pasado 16 de febrero la jueza de garant\u00edas penales Luz Ortiz anul\u00f3 hasta la formulaci\u00f3n de cargos, deber\u00e1 retomarse con la presentaci\u00f3n del dictamen de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>De esta manera, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha revoc\u00f3 la decisi\u00f3n de la jueza de primera instancia y dio paso al pedido de la fiscal del caso, Claudia Romero, de que se contin\u00fae con la audiencia preparatoria de este proceso seguido en contra de cuatro profesionales de la salud del Hospital Carlos Andrade Mar\u00edn (HCAM): la cirujana pedi\u00e1trica Yolanda G.; la m\u00e9dica Alexandra V.; la enfermera Elvia H.; y la auxiliar de enfermer\u00eda Lidia S.<\/p>\n<p><strong>Los hechos que investiga la Fiscal\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>Las mencionadas profesionales de la salud son procesadas por los hechos sucedidos entre el 27 y 29 de noviembre de 2014.<\/p>\n<p>El 27 de noviembre, \u201cNachito\u201d, de 1 a\u00f1o 8 meses de edad, fue ingresado al HCAM por consulta externa debido a una laparoscop\u00eda programada con un cuadro de ausencia testicular. En la intervenci\u00f3n, la cirujana pedi\u00e1trica habr\u00eda utilizado material quir\u00fargico para adultos. Adem\u00e1s, le habr\u00edan dado de alta a las tres horas del procedimiento, cuando el protocolo determina que el alta debe darse, m\u00ednimo, en ocho horas.<\/p>\n<p>En casa, el ni\u00f1o tuvo fiebre y v\u00f3mito. La madrugada del 28 de noviembre, los padres lo trasladaron al hospital m\u00e1s cercano a su domicilio, ubicado al sur de Quito, donde le practicaron una radiograf\u00eda que revel\u00f3 la presencia de l\u00edquido en su cuerpo. Con ese diagn\u00f3stico fue remitido en ambulancia hasta el HCAM (donde le realizaron la laparoscop\u00eda por ausencia testicular).<\/p>\n<p>Una vez all\u00ed, y en una nueva intervenci\u00f3n quir\u00fargica practicada por la misma cirujana, se descubri\u00f3 una perforaci\u00f3n en el intestino del ni\u00f1o que le caus\u00f3 una sepsis (infecci\u00f3n de segundo grado) que, a su vez, provoc\u00f3 un da\u00f1o cerebral que le dej\u00f3 con un 38% de discapacidad.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de salir de la intervenci\u00f3n m\u00e9dica, con un 84% de probabilidad de muerte, en cuidados pedi\u00e1tricos le habr\u00edan desconectado la manta t\u00e9rmica. Al percatarse de que el ni\u00f1o estaba hipot\u00e9rmico, habr\u00edan calentado dos soluciones salinas a ba\u00f1o Mar\u00eda para colocarlas en las piernas de \u201cNachito\u201d.<\/p>\n<p>Es as\u00ed que el 29 de noviembre de 2014, en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) los padres del ni\u00f1o repararon en las vendas que cubr\u00edan las piernas de su hijo y recibieron la noticia de que estaban quemadas.<\/p>\n<p><strong>Audiencia de apelaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>En la audiencia de apelaci\u00f3n a la anulaci\u00f3n del proceso hasta la formulaci\u00f3n de cargos, instalada la tarde del 6 de mayo de 2019, la Sala Penal solicit\u00f3 a la jueza de primer nivel que act\u00fae con celeridad, ya que el caso corre el riesgo de prescribir en noviembre de 2019. Adem\u00e1s -dijo el tribunal de segunda instancia\u2013 la jueza realiz\u00f3 interpretaciones extensivas respecto a tres eventos por los que declar\u00f3 la nulidad del proceso. Esto porque la Fiscal\u00eda invalid\u00f3 dichos eventos con los siguientes argumentos: En primer lugar, durante la instrucci\u00f3n fiscal, precisamente en la reconstrucci\u00f3n de los hechos que debi\u00f3 realizarse en la UCI del hospital, no se dej\u00f3 en indefensi\u00f3n a las ciudadanas procesadas \u2013como afirm\u00f3 la jueza\u2013 puesto que los abogados patrocinadores firmaron un acta de consentimiento para que se realice la diligencia en otro piso, ya que en la UCI, en ese entonces, se atend\u00eda a veinte ni\u00f1os con alto riesgo de muerte.<\/p>\n<p>Como segundo argumento, la Fiscal\u00eda indic\u00f3 que, seg\u00fan la Corte Constitucional, solo los tribunales pueden analizar la calificaci\u00f3n penal en los procesos, no los jueces de primera instancia. Esto porque la magistrada afirm\u00f3 que la Fiscal\u00eda proces\u00f3 por lesiones en eventos deportivos. Adem\u00e1s, en los audios de las audiencias se corrobora que la Fiscal\u00eda formul\u00f3 cargos por lesiones por m\u00e1s de 90 d\u00edas producidos por mala pr\u00e1ctica m\u00e9dica.<\/p>\n<p>Como tercer punto, en cuanto al criterio de la jueza Luz Ortiz de que son dos eventos distintos, la fiscal Claudia Romero consider\u00f3 que la perforaci\u00f3n intestinal y las quemaduras en las piernas \u201cson eventos atados, conexos. El segundo no se produc\u00eda si no se desarrollaba el primero\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p>De esta manera, la Fiscal\u00eda qued\u00f3 a la espera de d\u00eda y hora para retomar la audiencia preparatoria de juicio, en atenci\u00f3n al inter\u00e9s superior del ni\u00f1o y al principio pro v\u00edctima, estipulados en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador y en los tratados internacionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n de contacto:<\/strong><\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Social<\/p>\n<p><a href=\"mailto:comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec\">comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec<\/a><\/p>\n<p><strong>Tel\u00e9fono:<\/strong>\u00a03985800 Ext. 173123<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 079-DC-2019 Quito, 06 de mayo de 2019.- La audiencia preparatoria de juicio por lesiones de m\u00e1s de 90 d\u00edas por mala pr\u00e1ctica m\u00e9dica, que el pasado 16 de febrero la jueza de garant\u00edas penales Luz Ortiz anul\u00f3 hasta la formulaci\u00f3n&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":18875,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2129,2123],"tags":[],"class_list":["post-20512","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-mayo-2019","category-2123"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20512","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=20512"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20512\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20520,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20512\/revisions\/20520"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18875"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20512"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20512"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=20512"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}