{"id":15234,"date":"2018-02-19T20:51:18","date_gmt":"2018-02-20T01:51:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/?p=15234"},"modified":"2018-02-19T20:51:18","modified_gmt":"2018-02-20T01:51:18","slug":"fiscalia-formula-cargos-3-personas-anomalias-adjudicacion-contratos-petroecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/fiscalia-formula-cargos-3-personas-anomalias-adjudicacion-contratos-petroecuador\/","title":{"rendered":"Fiscal\u00eda formula cargos contra 3 personas por anomal\u00edas en adjudicaci\u00f3n de contratos en Petroecuador"},"content":{"rendered":"<p><strong>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 053-DC-2018<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-8555 size-full\" title=\"Quito, 19 de febrero de 2018.- La Fiscal\u00eda General del Estado formul\u00f3 cargos contra tres personas por su presunta participaci\u00f3n en el delito de tr\u00e1fico de influencias en la adjudicaci\u00f3n de contratos de servicios de limpieza en Petroecuador. El caso parte de un informe presentado por Contralor\u00eda y que fue realizado en el per\u00edodo 2014 - 2015. Adem\u00e1s, la Jueza de Garant\u00edas Penales acept\u00f3 la solicitud del Fiscal y dict\u00f3 medidas cautelares para los tres procesados Julio G., Mar\u00eda A. y Nancy J., esto es: prohibici\u00f3n de salida de pa\u00eds, presentaci\u00f3n semanal y uso de dispositivo electr\u00f3nico. La instrucci\u00f3n fiscal durar\u00e1 90 d\u00edas. El informe de responsabilidad penal presentado por la Contralor\u00eda General del Estado, determina que de los seis contratos examinados, suscritos entre Reyten y la Empresa P\u00fablica Petroecuador, cuatro presentan indicios de responsabilidad penal. Sobre este documento se recopilaron versiones de auditores y los ciudadanos investigados para determinar los elementos de convicci\u00f3n presentados por el fiscal Juan Carlos Z\u00fa\u00f1iga. Asimismo, se solicit\u00f3 un informe al Servicio Nacional de Contrataci\u00f3n P\u00fablica, SERCOP. Durante la audiencia, el Fiscal Z\u00fa\u00f1iga se\u00f1al\u00f3 que, sobre la base de las investigaciones y pericias realizadas, procesados habr\u00edan beneficiado a la empresa Reyten con contratos a pesar de no cumplir con los requisitos de la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica. Seg\u00fan lo estipula el Art\u00edculo 285, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal, el tr\u00e1fico de influencias ser\u00e1 sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco a\u00f1os las o los servidores p\u00fablicos, y las personas que act\u00faen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, que ejerza influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resoluci\u00f3n favorable a sus intereses o de terceros. En ese mismo sentido, el COIP se\u00f1ala que se aplicar\u00e1 el m\u00e1ximo de la pena cuando los funcionarios se favorezcan o hayan favorecido a personas naturales o jur\u00eddicas para que, en contra de expresas disposiciones legales o reglamentarias, les concedan contratos o permitan la realizaci\u00f3n de negocios con el Estado o con cualquier otro organismo del sector p\u00fablico.\" src=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/images_gallery_Boletines_junio_2017_Complejo-Judicial-del-Norte-Machachi.jpg\" alt=\"Quito, 19 de febrero de 2018.- La Fiscal\u00eda General del Estado formul\u00f3 cargos contra tres personas por su presunta participaci\u00f3n en el delito de tr\u00e1fico de influencias en la adjudicaci\u00f3n de contratos de servicios de limpieza en Petroecuador. El caso parte de un informe presentado por Contralor\u00eda y que fue realizado en el per\u00edodo 2014 - 2015. Adem\u00e1s, la Jueza de Garant\u00edas Penales acept\u00f3 la solicitud del Fiscal y dict\u00f3 medidas cautelares para los tres procesados Julio G., Mar\u00eda A. y Nancy J., esto es: prohibici\u00f3n de salida de pa\u00eds, presentaci\u00f3n semanal y uso de dispositivo electr\u00f3nico. La instrucci\u00f3n fiscal durar\u00e1 90 d\u00edas. El informe de responsabilidad penal presentado por la Contralor\u00eda General del Estado, determina que de los seis contratos examinados, suscritos entre Reyten y la Empresa P\u00fablica Petroecuador, cuatro presentan indicios de responsabilidad penal. Sobre este documento se recopilaron versiones de auditores y los ciudadanos investigados para determinar los elementos de convicci\u00f3n presentados por el fiscal Juan Carlos Z\u00fa\u00f1iga. Asimismo, se solicit\u00f3 un informe al Servicio Nacional de Contrataci\u00f3n P\u00fablica, SERCOP. Durante la audiencia, el Fiscal Z\u00fa\u00f1iga se\u00f1al\u00f3 que, sobre la base de las investigaciones y pericias realizadas, procesados habr\u00edan beneficiado a la empresa Reyten con contratos a pesar de no cumplir con los requisitos de la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica. Seg\u00fan lo estipula el Art\u00edculo 285, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal, el tr\u00e1fico de influencias ser\u00e1 sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco a\u00f1os las o los servidores p\u00fablicos, y las personas que act\u00faen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, que ejerza influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resoluci\u00f3n favorable a sus intereses o de terceros. En ese mismo sentido, el COIP se\u00f1ala que se aplicar\u00e1 el m\u00e1ximo de la pena cuando los funcionarios se favorezcan o hayan favorecido a personas naturales o jur\u00eddicas para que, en contra de expresas disposiciones legales o reglamentarias, les concedan contratos o permitan la realizaci\u00f3n de negocios con el Estado o con cualquier otro organismo del sector p\u00fablico.\" width=\"650\" height=\"400\" srcset=\"https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/images_gallery_Boletines_junio_2017_Complejo-Judicial-del-Norte-Machachi.jpg 650w, https:\/\/www.fiscalia.gob.ec\/accesibilidad\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/images_gallery_Boletines_junio_2017_Complejo-Judicial-del-Norte-Machachi-300x185.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 650px) 100vw, 650px\" \/><\/p>\n<p><strong>Quito, 19 de febrero de 2018.-<\/strong> La Fiscal\u00eda General del Estado formul\u00f3 cargos contra tres personas por su presunta participaci\u00f3n en el delito de tr\u00e1fico de influencias en la adjudicaci\u00f3n de contratos de servicios de limpieza en Petroecuador. El caso parte de un informe presentado por Contralor\u00eda y que fue realizado en el per\u00edodo 2014 &#8211; 2015.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la Jueza de Garant\u00edas Penales acept\u00f3 la solicitud del Fiscal y dict\u00f3 medidas cautelares para los tres procesados Julio G., Mar\u00eda A. y Nancy J., esto es: prohibici\u00f3n de salida de pa\u00eds, presentaci\u00f3n semanal y uso de dispositivo electr\u00f3nico. La instrucci\u00f3n fiscal durar\u00e1 90 d\u00edas.<\/p>\n<p>El informe de responsabilidad penal presentado por la Contralor\u00eda General del Estado, determina que de los seis contratos examinados, suscritos entre Reyten y la Empresa P\u00fablica Petroecuador, cuatro presentan indicios de responsabilidad penal. Sobre este documento se recopilaron versiones de auditores y los ciudadanos investigados para determinar los elementos de convicci\u00f3n presentados por el fiscal Juan Carlos Z\u00fa\u00f1iga. Asimismo, se solicit\u00f3 un informe al Servicio Nacional de Contrataci\u00f3n P\u00fablica, SERCOP.<\/p>\n<p>Durante la audiencia, el Fiscal Z\u00fa\u00f1iga se\u00f1al\u00f3 que, sobre la base de las investigaciones y pericias realizadas, procesados habr\u00edan beneficiado a la empresa Reyten con contratos a pesar de no cumplir con los requisitos de la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo estipula el Art\u00edculo 285, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal, el tr\u00e1fico de influencias ser\u00e1 sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco a\u00f1os las o los servidores p\u00fablicos, y las personas que act\u00faen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, que ejerza influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resoluci\u00f3n favorable a sus intereses o de terceros.<\/p>\n<p>En ese mismo sentido, el COIP se\u00f1ala que se aplicar\u00e1 el m\u00e1ximo de la pena cuando los funcionarios se favorezcan o hayan favorecido a personas naturales o jur\u00eddicas para que, en contra de expresas disposiciones legales o reglamentarias, les concedan contratos o permitan la realizaci\u00f3n de negocios con el Estado o con cualquier otro organismo del sector p\u00fablico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n de contacto:<\/strong><\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Social<\/p>\n<p><a href=\"mailto:comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec\">comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec<\/a><\/p>\n<p><strong>Tel\u00e9fono:<\/strong>\u00a03985800 Ext. 173123<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>BOLET\u00cdN DE PRENSA FGE N\u00ba 053-DC-2018 Quito, 19 de febrero de 2018.- La Fiscal\u00eda General del Estado formul\u00f3 cargos contra tres personas por su presunta participaci\u00f3n en el delito de tr\u00e1fico de influencias en la adjudicaci\u00f3n de contratos de servicios de limpieza en Petroecuador. 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